Los bancos son el primer moroso de las comunidades de vecinos, con el 30% de la deuda total

  • Los bancos se quedan viviendas en adjudicación y sin vender pero en una situación privilegiada respecto al resto de propietarios.
  • El Colegio de Administradores de Fincas de Madrid acusa a los bancos de no pagar durante el periodo de adjudicación y tardar luego otros 6 meses más.
  • El 26% son insolventes reales y el 22% morosos "profesionales".
Reunión ordinaria de una comunidad de vecinos.
Reunión ordinaria de una comunidad de vecinos.
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Reunión ordinaria de una comunidad de vecinos.

La figura habitual del moroso en las comunidades de vecinos es la de ese vecino problemático que no paga las cuotas o la de aquel otro silencioso y discreto que un día desaparece... sin haber pagado ni cuotas ni derramas. Pero más allá de tópicos, los mayores morosos por cuantía de deuda empiezan a ser los bancos.

Según un estudio elaborado por el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid, el 12% de los morosos son las entidades financieras y las promotoras, que sin embargo acumulan el 30% de la deuda total. La principal causa de impago de las cuotas de las viviendas que se han quedado en adjudicación y sin vender es la situación privilegiada respecto al resto de propietarios.

El administrador de fincas Gustavo García opina que este fenómeno "se da cada vez más" y que, además, las promotoras y los bancos "son los que más tarde pagan con retrasos que llegan hasta dos años". Asegura que "durante el periodo de adjudicación no abonan las cuotas y, después, tardan otros seis meses más".

Morosos ocasionales y morosos profesionales

El grupo más grande de morosos por número (un 40%) corresponde a los propietarios que no pagan por una causa selectiva, es decir, escogen la prioridad y el orden de las facturas a pagar, retrasando la cuota de la comunidad.

El 26% de los morosos corresponde a personas insolventes reales, afectadas en su mayoría por el paro y la falta de recursos provocados por la crisis económica. Con este grupo, las comunidades de vecinos suelen son más indulgentes en la reclamación de las deuda.

Otro 22% de los morosos son los considerados "profesionales", que se caracterizan por el retraso habitual y sistemático del pago de las facturas y donde la problemática del cobro se prolonga en el tiempo.

En general, un 65% de los morosos pagan a las comunidades de propietarios durante el proceso extrajudicial para evitar llegar a juicio.

¿Qué se puede hacer cuando un vecino no paga?

Lo evidente sería acudir a la vía judicial, pero puede tardar mucho tiempo en dictar sentencia. Hay maneras más rápidas.

Arbitraje

La comunidad podrá pedir por escrito al propietario moroso que pague la cantidad que adeuda en un plazo determinado. Transcurrido dicho plazo se iniciarán las acciones pertinentes. Si se quiere evitar la vía judicial, se puede acudir al arbitraje.

Se obtiene un laudo, equivalente a una sentencia firme, en un plazo de tan sólo 25 días si se trata de un impago de cuotas y de menos de 3 meses en el caso de otros problemas -frente a una espera de 6 meses a un año del procedimiento judicial-.

El laudo arbitral es de obligado cumplimiento. Si el condenado no cumple, se ejecutará ante el Juzgado de Primera Instancia.

Procedimiento monitorio

El otro procedimiento lo establece el artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal. Tiene como finalidad la reclamación de una deuda dineraria por una cuantía que no supere los 30.000 euros.

La ley dice que podrá acudirse a este procedimiento cuando la deuda se acredite mediante certificaciones de impago de cantidades debidas en concepto de gastos comunes de comunidades de propietarios.

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