La defensa de la mujer del funerario asesinado en 2007 pide su absolución y el fiscal su ingreso en prisión

La fiscal esgrime el riesgo de fuga de Maria Carmen, mientras que su defensa dice que "no está justificada"
El Acusado, En El Banquillo, Y Mari Cruz, Sentada En Primera Fila
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EUROPA PRESS
El Acusado, En El Banquillo, Y Mari Cruz, Sentada En Primera Fila

Maria Cruz A.V., esposa del funerario asesinado en 2007 en Murcia y amante del autor confeso del crimen, Manuel S.J., debe ingresar en prisión y ser reconocida como inductora e instigadora de lo sucedido, según han pedido la fiscal encargada del procedimiento, Arancha Morales, y el letrado Melecio Castaño, que representa los intereses del padre del fallecido y de una hija que el finado tuvo de una relación anterior.

Por contra, el abogado defensor de Maria Cruz A.V., José Pardo Geijo, ha pedido la absolución de su representada y la revocación de la condena de 18 años que le impuso la Audiencia Provincial al entender que fue cooperadora necesaria del crimen. Por ende, ha pedido la libertad de la misma, al considerar que el derecho de presunción de inocencia de la misma "ha sido inculcado" y que "debe permanecer incólume".

Así lo han puesto de manifiesto Morales, Castaño y Pardo Geijo en los recursos de apelación que han presentado este miércoles en la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia contra la sentencia del Jurado del denominado 'Crimen del funerario'.

Cabe recordar que el Jurado Popular que juzgó, en la Audiencia Provincial de Murcia, a Manuel S. y Maria Cruz A., los declaró culpables de un delito de asesinato. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia condenó finalmente a 18 años de prisión a María Cruz A., al considerar que fue cooperadora necesaria del crimen; mientras que para su amante, Manuel S., le impuso penas de 16 años de cárcel.

Sin embargo, la acusada no entró en prisión en tanto en cuanto la sentencia no era firme, al existir recursos contra la misma, puesto que el juez le impuso una fianza de 250.000 euros para eludirla y que ya depositó en concepto hipotecario.

Pues bien, en la sesión de este miércoles se ha celebrado la vista de esos recursos de apelación, tanto contra la sentencia del Jurado como contra la pieza separada del auto del juez, que permitió a María Cruz A.V. quedar en libertad a pesar de haber sido condenada.

La fiscal y Castaño han coincidido en considerar probado que la acusada Mari Cruz A.V., no solo fue cooperadora necesaria del crimen, sino que también actuó como inductora o instigadora del autor material del crimen. Según el abogado, la acusada "generó en Manuel un sentimiento de odio hacia el asesinado y de sobreprotección hacia ella".

Por el contrario, Pardo Geijó ha defendido en todo momento la presunción de inocencia de Mari Cruz y ha pedido la sentencia absolutoria para la misma. Así, ha fundamentado su recurso en que "no puede haber cooperación si no hay inducción al crimen", por lo que ha insistido en criticar la sentencia que la condenaba como "falta de lógica".

El abogado ha llegado a sostener que hay "tantas y tantas irregularidades" en el proceso que podían dar pie a devolver el veredicto y la anulación del mismo, un extremo que no ha solicitado porque no le "interesa" a su defendida y al que no ha recurrido "porque nadie protestó en su momento y ya no es posible con posterioridad".

El abogado, que ha mostrado su disconformidad por la premura exigida por los plazos para la preparación del recurso, ha llegado a ser interrumpido en su intervención por el magistrado presidente de la Sala, Juan Martínez Moya, quien le ha demandado que dejase de tutear al Tribunal y le ha recomendado que apremiara su exposición.

Pardo Geijo ha puesto de manifiesto en su recurso "la enorme sorpresa que produjo el efusivo abrazo público entre el acusado y condenado y los familiares del fallecido". Asimismo, se ha cuestionado el estado mental del condenado, a quien atribuye una "deficiencia física o sensorial", así como un "trastorno de la personalidad".

Al mismo tiempo, ha criticado la actuación policial en el procedimiento, que ha considerado que actuó con "prejuicio". Así, ha desmentido que Mari Cruz "comiera el coco" a Manuel para que matara al asesinado, y que ella "solo cometió el error de negar al principio la relación con éste a la Policía".

"retraso indebido"

También ha presentado un recurso el letrado que representa a los hijos que el fallecido tuvo con la acusada, José Antonio García, quien ha indicado que su intención era mantener un recurso contra la sentencia combatiendo la atenuante de confesión que le ha sido apreciada a Manuel, por entender que no reúne los requisitos, y que debe de aplicarse la penalidad del asesinato en toda su extensión, es decir, los 18 años.

Por su parte, José Ángel Alfaro, representante legal del condenado, Manuel S.J., ha defendido que en el enjuiciamiento de su defendido se ha producido un "retraso indebido", puesto que el proceso se extendió "desde marzo de 2007 hasta abril de 2011, más de cuatro años, lo que contraviene la Constitución Española".

Alfaro ha recordado que en el procedimiento se observaron defectos en la instrucción del caso, por lo que se tuvo que retrasar la apertura del juicio oral, y considera que "no cabe justificación alguna" para que el proceso se extendiera de octubre de 2009 a diciembre de 2010, ya que fueron siete meses en los que Manuel estuvo en prisión sin que "se pusieran papeles sobre la mesa".

Por contra, Alfaro ha defendido la concurrencia del atenuante de colaboración con la Justicia, ya que Manuel "colaboró con la investigación, aportando los datos que llevan a la detención de tres personas, entre ellos Mari Carmen A.V., explicó dónde arrojó al mar el arma homicida, entre otras cosas".

En cualquier caso, el abogado ha reconocido que no le compete ni a él ni a ninguna de las partes esclarecer esta cuestión, sino a la Policía, que declaró que vieron en Manuel "una colaboración". Por ello, ha insistido en que su representado "debe ser sancionado", pero también ha insistido en que debe obtener una recompensa por su colaboración.

Recursos a la puesta en libertad

En la vista se han abordado también los recursos presentados contra el auto del juez que permitió dejar en libertad provisional a Mari Cruz bajo fianza de 250.000 euros.

En este sentido, la fiscal ha solicitado el "inmediato" ingreso en prisión de Maria Cruz, puesto que "está condenada a 18 años de prisión", y ha instado a no olvidar que se le condenó por "un delito de asesinato, que es tremendamente grave". Así, ha recordado que a Manuel "se le impuso una menor pena de 16 años e ingresó en prisión".

Castaño, por su parte, se ha adherido a la petición de la fiscal, ya que el delito de asesinato "es el más serio, con el agravante de irresponsabilidad por ser su propio esposo", ha estimado. Asimismo, ha criticado el hecho de que Mari Cruz "disfrute de cuatro años de libertad cuando ha privado a su marido de un bien mucho más valioso, la vida".

En este sentido, ha esgrimido que la "peligrosidad" de Mari cruz "puede asustar a la familia del asesinado", al tiempo que ha sostenido que existe una "alarma social por el hecho en sí, por el asesinato".

El abogado que representa al padre del asesinado y una de sus hijas, de un anterior matrimonio, ha considerado que el riesgo de fuga "es muy alto" en tanto en cuanto "debe de saber que las posibilidades de darle la vuelta a la condena son pocas, y cuenta con una los avales empleados por su familia para pagar la fianza, que puede emplear para huir".

Esta posibilidad ha sido desmentida por Pardo Geijo, quien ha asegurado que su defendida no puede utilizar los avales de su familia para fugarse porque "su hermana perdería la vivienda". Además, ha criticado el hecho de que su defendida "se la tacha de asesina cuando no es verdad y todavía disfruta de su presunción de inocencia". Por todo ello, Pardo Geijo ha considerado que esta presunción de inocencia "es la que procede" y ha pedido su libertad.

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