El TS anula parte del acuerdo municipal de aprobación de los presupuestos de 2006

La sección cuarta de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha decidido mantener la resolución del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que anuló el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Valencia de 29 de diciembre de 2005 de aprobación de los presupuestos del año siguiente en la parte relativa a la falta de indicación de destino de lo percibido por enajenación de inmuebles.

La sección cuarta de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha decidido mantener la resolución del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que anuló el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Valencia de 29 de diciembre de 2005 de aprobación de los presupuestos del año siguiente en la parte relativa a la falta de indicación de destino de lo percibido por enajenación de inmuebles.

El concejal del grupo municipal socialista en el consistorio Pedro Miguel Sánchez ha señalado en un comunicado que, con esta sentencia, "se demuestra que el PP de Rita Barberá hace mal y gestiona peor el presupuesto municipal de Valencia, lo que provoca la perdida de patrimonio de los valencianos".

Pedro Miguel Sánchez ha destacado que esta sentencia y otras anteriores "demuestran que no se hacen bien los presupuestos, ni como en este caso, ni como en otros en los que se presupuestan gastos a la baja, sabiendo que se van a superar a lo largo del año, lo que provoca que a las empresas se pague con retraso de años, como ya se ha denunciado por parte de los socialistas reiteradamente".

Según el edil socialista, "lo grave es que esta mala gestión económica del Ayuntamiento de Valencia provoca que el patrimonio de los valencianos sea menor y que las empresas y sus trabajadores empeoren su situación por los retrasos en los pagos de facturas".

Sánchez ha señalado que el grupo socialista planteó ante el TSJCV un recurso contra el acuerdo plenario de 29 de diciembre de 2005 por el que se aprobaban los presupuestos municipales de 2006. En su resolución, el alto tribunal valenciano estimó parcialmente el recurso y decidió anular el acto administrativo en lo referente a la falta de indicación del destino de los ingresos por enajenación de inmuebles.

Tanto el PSPV como el Ayuntamiento de Valencia recurrieron al Tribunal Supremo, que ha mantenido la anulación del acuerdo plenario de aprobación definitiva del presupuesto municipal de 2006 en ese particular. En el comunicado, el PSPV ha resaltado que la sentencia del TS hace referencia a otros fallos del mismo tribunal de 1995, 2001, 2005, 2006 y 2007 y del Tribunal Constitucional referidas a la Comunitat Valenciana, donde se señala que los bienes de Patrimonio Municipal del Suelo "constituyen un patrimonio separado de los restantes bienes municipales, y los ingresos obtenidos mediante enajenación de terrenos (*) se destinarán a la conservación y ampliación del mismo".

Según el PSPV, "la interpretación que se desprende de la normativa correspondiente y de diversas sentencias judiciales es que la ley establece que el Patrimonio Municipal del Suelo funciona como un patrimonio separado, es decir, que esté directamente afectado al cumplimiento de un fin determinado como es la conservación y ampliación del propio Patrimonio Municipal del Suelo".

En este caso, el grupo municipal socialista ha hecho hincapié en que el PP en el ayuntamiento de Valencia omitió en el presupuesto de 2006 el destino de los ingresos por la venta de Patrimonio Municipal del Suelo, "incumpliendo la obligación de reinversión de los mismos en la conservación y ampliación del citado Patrimonio".

No es una "novedad"

"Ni esta sentencia, ni su causa no son una novedad, ya que se han producido más sentencias contra el gobierno del PP del Ayuntamiento de Valencia como la del Tribunal Supremo de 2007 que anulaba la subasta de un solar en el año 2000 en la avenida de Francia, porque los ingresos se tenían que haber transformado en patrimonio municipal o en viviendas de VPO, y no en viviendas de renta libre como así fue".

En esta línea, ha señalado que la "mala gestión" de Rita Barberá "llevó a que lo que podían haber sido viviendas asequibles o más patrimonio para los valencianos, no fuera así". Por ello, considera que esta sentencia es "una demostración de la negativa gestión del PP, que se añade a las continuas apariciones de facturas en los cajones que se pagan con años de retraso, los intereses de demora que éstas producen y que se podrían dedicar a crear empleo, a la subida de tributos como la tasa de basura y a la sumisión a los intereses del PP, al no reclamar la deuda de la Generalitat con la ciudad de Valencia".

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