La Universidad de Cantabria incrementa un 3,6 por ciento los precios de las matrículas en el curso 2011-2012

La Universidad de Cantabria (UC) incrementará sus precios un 3,6 por ciento en enseñanzas renovadas y no renovadas, en enseñanzas de grado, en enseñanzas de máster y en enseñanzas de doctorado en el curso 2011-2012.
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La Universidad de Cantabria (UC) incrementará sus precios un 3,6 por ciento en enseñanzas renovadas y no renovadas, en enseñanzas de grado, en enseñanzas de máster y en enseñanzas de doctorado en el curso 2011-2012.

Igualmente, los precios subirán un 3,6 por ciento en evaluaciones, pruebas, expedición de títulos y derechos de Secretaría. Por su parte, el importe de los precios por estudios para títulos o diplomas que no tengan carácter oficial será fijado por el Consejo Social de la UC.

Según información de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria recogida por Europa Press, en el caso de las enseñanzas renovadas, el importe de las materias o asignaturas se calculará conforme al número de créditos en función del grado de experimentalidad de las enseñanzas y según se trate de la primera, segunda o tercera y sucesivas matrículas.

En el caso de las enseñanzas no renovadas, el importe del curso completo y de las asignaturas sueltas se calculará en función del grado de experimentalidad de las enseñanzas y según se trate de las primera, segunda o tercera y sucesivas matrículas.

Respecto a los estudios de grado, el importe de las materias, asignaturas o actividades se calculará según el número de créditos asignados en función de la rama de conocimiento y según se trate de la primera o sucesivas matrículas.

Los estudiantes que inicien estudios oficiales de grado deberán matricularse de las materias, asignaturas o actividades previstas para el primer curso, salvo que les sean parcialmente reconocidos los estudios que inicien, obligación que no será de aplicación en el caso de estudios que contemplen la matriculación de estudiantes a tiempo parcial.

En estudios de máster, el importe de las materias, asignaturas o actividades se calculará de conformidad con el número de créditos asignados en función de la rama de conocimiento a la que esté adscrito el título. Los estudiantes que inicien estudios oficiales de máster deberán matricularse de las materias, asignaturas o actividades que establezca la Comisión de Posgrado del Centro responsable de las enseñanzas en la resolución de admisión.

Finalmente, en las enseñanzas de doctorado, en el caso de que los estudiantes deban cursar complementos de formación para el acceso a los estudios de doctorado o créditos de nivel de posgrado no incluidos en másteres oficiales se abonarán los créditos correspondientes en función de la rama de conocimiento en que se encuadren las mencionadas enseñanzas. Por su parte, quienes cursen estudios de Doctorado regulados el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, o por ordenaciones anteriores aún vigentes deberán abonar un concepto de tutela académica. INGLÉS

Por otra parte, como consecuencia de la implantación del Plan de Capacitación Lingüística y de la necesidad de acreditación de niveles de inglés para el acceso a determinados estudios oficiales, la Universidad de Cantabria abre la posibilidad de participar en las pruebas de nivel a estudiantes no necesariamente matriculados en la UC.

Aquellos estudiantes que deseen realizar las citadas pruebas sin estar matriculados en ninguna titulación de la UC deberán abonar los precios públicos establecidos la Orden de 2 de agosto por la que se fijan los precios públicos de la UC. Mientras, los profesores y personal de administración y servicios de la UC estarán exentos del abono de esta tasa.

La acreditación resultante, en su caso, de la superación de estas pruebas de aptitud sólo tendrá efecto respecto a la superación de los requisitos lingüísticos exigidos por la Universidad de Cantabria.

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