El TSJC declara injustificada la decisión de Aspla de alargar la parada de Navidad y anula la medida

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha declarado injustificada la decisión de la dirección de la empresa Aspla de Torrelavega de alargar la tradicional parada de Navidad estableciendo un segundo paro de ocho días, del 2 al 9 de enero de 2011, --a sumar al realizado entre el 22 de diciembre y el primer día del año--, con cargo a exceso de jornada y vacaciones de 2011.

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha declarado injustificada la decisión de la dirección de la empresa Aspla de Torrelavega de alargar la tradicional parada de Navidad estableciendo un segundo paro de ocho días, del 2 al 9 de enero de 2011, —a sumar al realizado entre el 22 de diciembre y el primer día del año—, con cargo a exceso de jornada y vacaciones de 2011.

Según una sentencia de la Sala de lo Social del TSJC, que deja sin efecto la medida, esta segunda parada se acordó de forma "unilateral", ya que no hubo acuerdo colectivo tras dos intentos de negociación.

Además, supone una modificación "substancial" de las condiciones de trabajo fijadas en el convenio colectivo, en vigor desde 2010 y hasta 2014, toda vez que incide en los tiempos de descanso y trabajo de la plantilla, que supera los 300 puestos entre fijos y contratados en las plantas de Torrelavega y Reocín.

La Sala, que desestima el recurso de suplicación interpuesto por Aspla y confirma un anterior fallo del Juzgado de lo Social número 1 de Santander, entiende que la decisión de la dirección de la empresa no supone un "mero alargamiento" de la parada de Navidad para compensar los excesos de la jornada anual.

Se trata, en su lugar, de una parada de producción para adaptarse a la baja productividad de enero y al exceso de pedidos a principios de año que aduce Aspla.

Pero, según la sentencia, los datos de producción y empleo aportados por la factoría y que corresponden a los ejercicios 2008, 2009 y 2010 no prueban o evidencian que sus clientes tengan las mismas paradas de producción que pretende la empresa torrelaveguense.

De igual modo, la sentencia indica que al alargar ocho días la parada de Navidad la empresa se está adelantando a posibles excesos de 2011 que aún no se han producido.

En este sentido, recuerda que en el Convenio Colectivo se acuerda hacer un paro en Navidad pero siempre para compensar el excedente de la jornada año previo, "nunca" como anticipo a posibles excesos.

Valoración de uso

El sindicato USO ha valorado la sentencia del TSJC. En rueda de prensa, ha destacado que los trabajadores de Aspla "han frenado" la nueva Reforma Laboral al conseguir demostrar que una "ley injusta, sí se lucha contra ella, se puede parar".

"La dirección de Aspla", lamenta la formación sindical, en 1993 ya "pretendió favorecerse de una situación extraordinaria y aprovecharse de una legislación hecha a medida del empresariado".

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