El TSJC rechaza que entes públicos puedan nombrar personal de confianza para puestos temporales

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) rechaza que entes públicos, como el Servicio Cántabro de Salud (SCS) puedan realizar nombramientos de personal de confianza con carácter temporal.

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) rechaza que entes públicos, como el Servicio Cántabro de Salud (SCS) puedan realizar nombramientos de personal de confianza con carácter temporal.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo razona así en una sentencia en la que da la razón al sindicato Agrupación de Trabajadores Independientes (ATI).

Esta formación presentó un recurso contra una resolución del gerente del Hospital Sierrallana en la que nombró, mediante el sistema de libre designación, a una persona para el puesto de técnico superior en sistemas y tecnologías de sistemas de la información en este centro.

El sindicato consideraba que ese nombramiento se hizo sin que tuviera la cobertura adecuada, ya que su función no se encontraba en la relación de altos cargos del centro y no se cubrió mediante los procedimientos adecuados.

Pero el SCS alegaba a esto que ese nombramiento era para concluir un trabajo específico que esta persona ya había empezado a desarrollar, pero desde otro organismo público que desapareció. Al entender que era una situación temporal y extraordinaria, se veía la designación como legal.

En un principio, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Santander daba la razón al Gobierno de Cantabria, pero, tras un recurso, la Sala del TSJC se remite a la Ley de la Función Pública regional, para establecer que estas normas reducen esos nombramientos, que sólo pueden hacer el presidente del Ejecutivo o sus consejeros, además de determinarse previamente por el Consejo de Gobierno.

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