La juez admite a trámite la querella de Safja contra Javier Guerrero e implicados en el caso de los ERE

La juez del juzgado de instrucción número 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, ha admitido a trámite la querella formulada por el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía (Safja) contra el que fuera director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta, Francisco Javier Guerrero "y cuantas personas pudieran resultar responsables" de la presunta trama de prejubilaciones fraudulentas detectada en numerosos expedientes de regulación de empleo (ERE) incentivados con fondos autonómicos.

La juez del juzgado de instrucción número 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, ha admitido a trámite la querella formulada por el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía (Safja) contra el que fuera director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta, Francisco Javier Guerrero "y cuantas personas pudieran resultar responsables" de la presunta trama de prejubilaciones fraudulentas detectada en numerosos expedientes de regulación de empleo (ERE) incentivados con fondos autonómicos.

Según el auto de la juez, consultado por Europa Press, el Safja ha subsanado el defecto de personación en virtud de la que fue inicialmente inadmitida la querella formulada por dicho sindicato, de forma que ahora "procede admitir" esta querella contra Guerrero, por los presuntos delitos de malversación, tráficos de influencias y prevaricación, "y contra cuantas personas puedan resultar responsables de los hechos investigados en la causa, tras la práctica de las oportunas diligencias y sin perjuicio de nuevas calificaciones jurídico-penales".

Contra esta resolución cabe recurso de reforma y subsidiario de apelación ante el mismo juzgado.

En una nota, el Safja se ha mostrado "satisfecho" ante la decisión judicial y confirma que seguirá adelante.

Asegura que los hechos denunciados "se han desarrollado a lo largo de más de una década y las motivaciones se han fundamentado en razones de amistad, profesionales y fundamentalmente por compromisos comerciales o de dependencia, por lo que se ha prescindido del protocolo legalmente establecido para otorgar las ayudas citadas anteriormente y se ha contado con la ayuda de personal ajeno a la función pública".

Por todo ello, este sindicato considera "claves" la "ausencia de personal funcionario que controlase de manera exhaustiva el procedimiento en cuestión y la huída del Derecho Administrativo" y ha agregado que "prueba evidente de ello es que la Intervención General, en reiteradas ocasiones, denunció las vulneraciones en la concesión de este tipo de ayudas, que obviaban lo establecido en la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, unos avisos que han sido reconocidos por el propio Gobierno andaluz".

De esta manera, Safja entiende que "existen claros indicios de comisión de un posible delito de tráfico de influencias, regulado en el artículo 428 del Código Penal, y malversación de caudales públicos en concurso con el delito de prevaricación, ambos tipificados respectivamente en los artículos 432 y 404 de la citada Ley sustantiva penal".

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