Absuelto el empresario asturiano al que Nintendo pedía 23 años de cárcel

El juzgado de lo Penal número 1 de Avilés ha absuelto al empresario A.F.G., nacido en Avilés, al que la compañía Nintendo acusaba de delitos contra la propiedad industrial y de descubrimiento y revelación de secretos. La empresa japonesa llegó a pedir para el asturiano 23 años de cárcel y 840.000 euros de indemnización. Sin embargo, la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, no ve delito alguno y le ha absuelto. No obstante, la sentencia es apelable.

El juzgado de lo Penal número 1 de Avilés ha absuelto al empresario A.F.G., nacido en Avilés, al que la compañía Nintendo acusaba de delitos contra la propiedad industrial y de descubrimiento y revelación de secretos. La empresa japonesa llegó a pedir para el asturiano 23 años de cárcel y 840.000 euros de indemnización. Sin embargo, la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, no ve delito alguno y le ha absuelto. No obstante, la sentencia es apelable.

Fue el día 1 de abril de 2009 cuando en la Administración de Aduanas de Avilés de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se intervinieron 400 paquetes procedentes de China que contenían cada uno un 'pendrive', una tarjeta/adaptadaor SD y un cartucho para video consola sin software añadido. Cinco días después se intervino otro envío de China compuesta por 500 adaptadores y otros 500 para tarjeta micro SD. El importador era A.F.G., que posee una tienda de electrónica.

El empresario reconoció en la vista oral que venía importando y vendiendo desde 2006 esos dispositivos, y que también vende consolas Nintendo y juegos originales. La multinacional nipona, sin embargo, carga contra él al entender que cometía un delito al vender un producto que suponía un uso no autorizado de su software y que fomentaba la piratería.

El juez, sin embargo, entiende que si bien es cierto que los cartuchos intervenidos solo pueden ser utilizados en al consola Nintendo, no lo es menos que "estaban desprovistos de software alguno, por lo que difícilmente se podía conseguir la supresión no autorizada o la neutralización de los dispositivos técnicos utilizados para proteger el programa de ordenador que contiene el juego o producto informático comercializado por Nintendo".

"Debe concluirse que la conducta del acusado no se ajusta a la previsión típica contenida en la ley penal", sostiene en relación a la acusación de delito contra la propiedad intelectual.

Por lo que se refiere a la acusación del delito contra la propiedad industrial, el juez no ve delito y recuerda que los cartuchos importados tienen la "diferencia" de estar dotados de una ranura para la inserción de tarjetas. La sentencia tampoco considera que haya delito contra la propiedad industrial, entre otras cosas porque se desconoce el mecanismo criptográfico que tienen las consolas y los cartuchos de Nintendo. Niega también que exista un delito de descubrimiento y revelación de secretos y el juez insiste en que el acusado desconocía el contenido informático de los cartuchos importados. "No puede saberse si albergan secretos o información reservada de la empresa", apunta.

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