El CAA traslada a la JEC varios anuncios de tres televisiones locales que podrían vulnerar la Loreg

El Consejo Audiovisual de Andalucía analiza también diversos programas de cuatro televisiones locales tras recibir quejas ciudadanas

El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha aprobado en su último Pleno del día 1 de junio un pronunciamiento dirigido a los operadores de televisión en el que recuerda que la emisión de publicidad de naturaleza política está prohibida, excepto en los casos previstos por la Ley Orgánica de Régimen Electoral (Loreg), después de haber detectado varias emisiones de este tipo en tres televisiones locales durante los días comprendidos en el pasado periodo electoral, desde el 29 de marzo al 22 de mayo.

Así, el CAA ha trasladado estos tres casos a la Junta Electoral Central (JEC) —organismo competente en la materia durante los días que dura el periodo electoral—, que afectan a los canales Popular TV Campo de Gibraltar —demarcación de Algeciras (Cádiz)—, Costa del Sol TV —demarcación de Fuengirola (Málaga)— y Canal Sí —demarcación de Almería—, los tres de titularidad privada.

La Loreg, en su artículo 60, prohíbe a los partidos políticos y agrupaciones electorales contratar espacios de publicidad electoral en los medios de comunicación de titularidad pública y en las emisoras de televisión privada tanto dentro como fuera del periodo electoral. El objetivo de esta prohibición es evitar que la superioridad de recursos de una formación política sobre otra se traduzca en una ventaja a la hora de trasladar su mensaje a los votantes través de los medios de comunicación.

Por esa razón, la Ley Electoral establece que las televisiones y radios públicas han de ceder gratuitamente a los partidos concurrentes a unas elecciones espacios para que inserten su propaganda durante los 15 días anteriores a la convocatoria a las urnas. De manera que nunca haya contraprestación económica entre la formación política y el prestador del servicio.

Sin embargo, en el seguimiento sistemático que realiza el consejo a las televisiones de Andalucía se han detectado diferentes supuestos de publicidad electoral que podrían vulnerar el artículo 60 de la Loreg, como la emisión, el pasado 15 de mayo, de un faldón publicitario en Popular TV de Campo de Gibraltar que ocupaba un cuarto de la pantalla con mensajes de cinco partidos políticos concurrentes a las elecciones municipales: PP, PSOE, USR (Unidad por San Roque) y PIVG (Partido Independiente del Valle de Guadiaro).

En Costa del Sol TV, se emitieron el pasado 13 de mayo varios anuncios de tres partidos políticos —PP, PSOE y PA— insertados en los bloques publicitarios de su programación. Y en Canal Sí, de Almería, se difundió, el 11 de mayo, un anuncio de candidato del PP a la Alcaldía, insertado también en un bloque publicitario.

Otras cuatro televisiones

El Consejo Audiovisual de Andalucía está analizando también diversos programas emitidos en cuatro televisiones locales sobre los que se han recibido quejas ciudadanas por si resultara pertinente ponerlo también en conocimiento de la Junta Electoral Central.

Fuera del periodo electoral, el CAA es el organismo competente para requerir el cese de la publicidad de naturaleza política que pudiera detectarse en las televisiones públicas y privadas, así como imponer las sanciones previstas en la Ley General de Comunicación Audiovisual, que pueden oscilar entre los 100.000 y 500.000 euros.

Antes de iniciarse el periodo electoral, el Consejo requirió el cese de comunicaciones comerciales de naturaleza política emitidas en cinco televisiones locales, de ahí que el Pleno del Consejo acordase esta semana recordar a todos los medios la necesidad de respetar las limitaciones que en el ordenamiento jurídico tiene la difusión de publicidad política.

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