Mioño (Aclaración) - La Junta Electoral resolverá hoy el recurso presentado por Muguruza, 'kyk' y Carranza

(Atención abonados, esta información sustituye a la anterior sobre el mismo tema por una aclaración de las fuentes informantes) Mioño.- La Junta Electoral resolverá hoy el recurso presentado por Muguruza, 'kyk' y Carranza Contra la resolución que les impide concurrir a las elecciones
'Kyk Y Muguruza
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EUROPA PRESS
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(Atención abonados, esta información sustituye a la anterior sobre el mismo tema por una aclaración de las fuentes informantes) Mioño.- La Junta Electoral resolverá hoy el recurso presentado por Muguruza, 'kyk' y Carranza

Contra la resolución que les impide concurrir a las elecciones

La Junta Electoral Provincial prevé resolver a lo largo de este sábado, 21 de mayo y jornada de reflexión, el recurso presentado por el alcalde de Castro Urdiales, Fernando Muguruza, y número 2 de la candidatura de ACAI (Alternativa Castreña Independiente), y otros dos concejales y también miembros de la lista contra la resolución adoptada por la Junta Electoral de Zona de Laredo que les impide concurrir a las elecciones de mañana, domingo.

Así, la decisión de la Junta Electoral Provincial sobre el recurso de reposición presentado por Muguruza, el primer teniente de alcalde y líder de ACAI, José Miguel Rodríguez 'kyk', y la edil de Cultura, Concepción Carranza, se conocerá, en principio, horas antes de los comicios del 22 de mayo.

El actual regidor, el candidato a la Alcaldía por ACAI y la también número 4 de esta nueva formación presentaron recurso de reposición contra la resolución de la Junta Electoral de Laredo que les ha declarado inelegibles para las elecciones.

Según explicaron los tres afectados en el acto de cierre de campaña de ACAI, la sentencia dictada esta semana por el Juzgado de lo Penal número 2 de Santander que les condena por un delito de prevaricación y les inhabilita no es firme y va a ser recurrida, con lo cual no se puede adelantar la condena de inhabilitación.

En este sentido, han señalado que el artículo 985 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que la ejecución de la sentencia, en causas por delito, corresponde al tribunal que la haya dictado y la sentencia ha de ser firme.

Por tanto, insisten en que no cabe anticipar una pena de inhabilitación, impuesta en una sentencia cuyo cumplimiento queda diferido a que dicha declaración sea firme.

Según dicen, todo esto es consecuencia del artículo 24 de la Constitución, que consagra el derecho a la tutela judicial efectiva, dentro del que se encuentra el de la presunción de inocencia.

Además, consideran que todas las situaciones que impidan el libre ejercicio del derecho a participar en la actividad política deben interpretarse en forma "restrictiva".

Por último, los candidatos de ACAI confían en que la Audiencia Provincial les declare inocentes del cargo de prevaricación por el que han sido condenados.

Por su parte, la Junta Electoral de Laredo acordó declararles inelegibles de acuerdo con la nueva ley electoral, que impide a los condenados por sentencias, aunque éstas no sean firmes, participar en los comicios.

También estableció que la baja de los tres candidatos se entenderá cubierta por los miembros sucesivos de la lista o los suplentes, de forma que no se procederá a la correspondiente modificación de las papeletas dada la inminencia de las elecciones.

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