Aprobado el decreto que regula el programa público de donación de ovocitos en el sistema sanitario extremeño

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado este viernes un decreto por el que se regula el programa público de donación de ovocitos en el Sistema Sanitario Público de Extremadura, y que establece los requisitos y las condiciones que deben concurrir, tanto en las donantes como en las receptoras, para el acceso a tal programa.
Fecundación in vitro
Fecundación in vitro
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Fecundación in vitro

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado este viernes un decreto por el que se regula el programa público de donación de ovocitos en el Sistema Sanitario Público de Extremadura, y que establece los requisitos y las condiciones que deben concurrir, tanto en las donantes como en las receptoras, para el acceso a tal programa.

De acuerdo con el decreto, podrán ser receptoras de ovocitos donados las mujeres mayores de 18 años, con plena capacidad de obrar, usuarias del Sistema Sanitario Público de Extremadura, que tengan un diagnóstico de esterilidad o en las que concurra alguna indicación clínica establecida a tal fin, y en las que se den las condiciones de inclusión en dicho programa.

La donación de ovocitos es una técnica de fecundación "in vitro" en la que los gametos femeninos -ovocitos- proceden de una donante anónima, informa la Administración regional en nota de prensa.

El programa público de donación de ovocitos de Extremadura contempla dos vías de obtención de ovocitos de donante: gametos sobrantes no utilizados en la propia reproducción de una pareja sometida a técnicas de reproducción humana asistida, y que son donados para la reproducción de personas ajenas a ella; y los gametos donados por mujeres que voluntariamente así lo decidan, que deberán someterse a unos estudios previos a fin de poder ser admitidas como tales donantes.

El centro de referencia para la implantación y puesta en funcionamiento del programa público de donación de ovocitos de Extremadura será el Centro Extremeño de Reproducción Humana Asistida

Mediante este decreto también se crea la Comisión Extremeña de Técnicas de Reproducción Humana Asistida, que será un órgano colegiado, de carácter permanente y consultivo, adscrito al Servicio Extremeño de Salud, dirigido a asesorar y orientar sobre la utilización de las técnicas de reproducción humana asistida y en las cuestiones científicas y técnicas relativas a esta materia.

Además, se crean el Registro de Donantes de Gametos y Preembriones de Extremadura y el Registro de Actividades y Resultados de los Centros y Servicios de Reproducción Asistida de Extremadura.

FARMACÉUTICOS

Por otra parte, el Ejecutivo regional ha autorizado la firma de un concierto entre la Consejería de Sanidad y Dependencia, el Servicio Extremeño de Salud y el Consejo de Colegios Profesionales de Farmacéuticos de Extremadura por el que se fijan las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de oficinas de farmacia.

La finalidad de este acuerdo es que las entidades firmantes colaboren en todo aquello que afecta a la forma y las condiciones en que la población asistida por el Sistema Nacional de Salud obtiene la prestación y atención farmacéutica, a la que tiene derecho por Ley, en las oficinas de farmacia de Extremadura.

Dicha prestación farmacéutica comprende la dispensación de los medicamentos de uso humano y fabricación industrial, las fórmulas magistrales y las vacunas antialérgicas y bacterianas comprendidas en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud, de acuerdo con la normativa vigente y las especificaciones señaladas en este concierto.

Los productos sanitarios serán objeto de este concierto cuando, estando incluidos en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud, sean dispensados en oficinas de farmacia.

El acuerdo también pretende implantar y coordinar, a través de mecanismos de colaboración siempre orientados a garantizar a la población el acceso eficaz y racional a los medicamentos y productos sanitarios, el desarrollo progresivo de programas de atención farmacéutica que incluyan actividades de detección de problemas relacionados con medicamentos, seguimiento farmacoterapéutico, colaboración con el centro de farmacovigilancia, atención a residencias de mayores, atención a pacientes polimedicados, educación sanitaria y otros de prevención y promoción de la salud.

Este nuevo concierto se adapta además a la situación actual, e incorpora el marco de la colaboración para la aplicación y el desarrollo de la receta electrónica como modalidad de ejecución de la prestación farmacéutica en el ámbito del Sistema Sanitario Público de Extremadura.

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