La autoliquidación del impuesto sobre bolsas de plástico se hará trimestralmente y la declaración será anual

El BOJA publica una orden de la Consejería de Hacienda sobre este impuesto, que entrará en vigor el próximo 1 de mayo

La Consejería de Hacienda y Administración Pública ha regulado, en una orden que publica este jueves el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), los principales aspectos para la aplicación del impuesto sobre las bolsas de plástico de un solo uso en Andalucía, que entrará en vigor el 1 de mayo, y que grava el suministro de bolsas en los establecimientos comerciales de Andalucía, y donde se contempla que la autoliquidación de la tasa se hará trimestralmente, mientras que la declaración se efectuará de forma anual.

Según indica la Junta en una nota, se trata de un impuesto que pretende "desincentivar el uso de este tipo de bolsas y su sustitución por otras más respetuosas con el medio ambiente, como las bolsas biodegradables y las reutilizables". Por tanto, su finalidad "es reducir la contaminación que generan las bolsas de un solo uso y contribuir a la protección del medio ambiente".

Para ello, la orden especifica las certificaciones y requisitos que deben cumplir las bolsas diseñadas para su reutilización y las bolsas biodegradables, que están exentas de este impuesto. Además, establece las formas de pago y de presentación de este tributo, las competencias de la Agencia Tributaria de Andalucía en la materia y aprueba los modelos 751 de autoliquidación trimestral y 752 de declaración anual.

Conforme a la orden, los establecimientos comerciales deberán presentar la autoliquidación trimestral y realizar el ingreso correspondiente dentro de los primeros veinte días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero. No obstante, en 2011 habrá un régimen transitorio, de forma que la primera presentación e ingreso tendrá lugar en los primeros 20 días naturales de julio y comprenderá los meses de mayo y junio.

El pago se puede hacer tanto vía telemática como de forma presencial, en cuyo caso, se entregará en la entidad de crédito o ahorro que presentar el servicio de caja en la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Hacienda o en cualquier de las entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Comunidad.

Los comerciantes presentarán una autoliquidación por cada establecimiento comercial aunque si la empresa es titular de varios establecimientos comerciales radicados en Andalucía podrá presentar una única autoliquidación por cada trimestre natural y una única declaración anual relativa a la totalidad de los establecimientos de los que sea titular.

Asimismo, el marcado de cada bolsa individual debe incluir, al menos, una serie de datos, como una referencia al cumplimiento de las previsiones establecidas en la orden, indicando su denominación y el BOJA en el que se publique, el nombre y/o marca registrada del fabricante, el lote de producción y, en caso de que la bolsa sea apta para uso alimentario, se debe marcar de acuerdo con la legislación aplicable.

Por último, la orden atribuye a la Agencia Tributaria de Andalucía la competencia sobre la aplicación de este impuesto, que ejercerá las funciones de gestión, inspección tributaria e imposición de sanciones a través de sus coordinaciones territoriales en el ámbito provincial.

La Junta ha recordado que los comercios "deben repercutir íntegramente el importe total del impuesto a los consumidores, que supondrá cinco céntimos de euro por cada bolsa de plástico de un solo uso suministrada en 2011 y se elevará a 10 céntimos de euro a partir de 2012".

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