Aprobadas las normas para la concesión de nuevas plantaciones de viñedo en las parcelarias de Arenzana y Cordovín

El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) ha publicado esta mañana la orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural que estable las bases reguladoras para la solicitud, tramitación y concesión de nuevas plantaciones de derechos de viñedo como consecuencia de la finalización de los procesos de concentración parcelaria en los municipios de Arenzana de Abajo y Cordovín.
Un viñedo
Un viñedo
EP
Un viñedo

El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) ha publicado esta mañana la orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural que estable las bases reguladoras para la solicitud, tramitación y concesión de nuevas plantaciones de derechos de viñedo como consecuencia de la finalización de los procesos de concentración parcelaria en los municipios de Arenzana de Abajo y Cordovín.

De acuerdo con las bases reguladoras que recoge la orden, podrán presentar solicitud de nueva plantación de viñedo las personas físicas o jurídicas que, a fecha 1 de agosto de 2010, fueran titulares de parcelas con cultivo de viñedo en las zonas acogidas a las concentraciones parcelarias de Arenzana de Abajo y Cordovín, y también los propietarios de parcelas en las zonas afectadas por la concentración que lo sean en una fecha anterior a la de publicación de la presente orden.

La concesión de derechos beneficiará a aquellos titulares que deseen completar parcelas ya plantadas de viñedo o que pidieran autorización con anterioridad a la publicación de la orden, fijándose un límite máximo de 1,5 hectáreas por parcela y beneficiario. En el caso de que el beneficiario sea una explotación prioritaria con personalidad jurídica, el límite máximo aumenta al multiplicar esa cantidad por el número de socios que cumplan las condiciones exigidas.

En este sentido, la orden contempla también unos criterios de prioridad en el reparto de nuevas plantaciones en caso de tratarse de una explotación prioritaria, joven agricultor, agricultor a título principal o agricultor profesional.

El texto recoge además las obligaciones de los adjudicatarios, ya que se comprometen a no ceder los derechos de plantación ni transferir viñedos durante las próximas 5 campañas, y también a mantenerse como mínimo 5 años en la actividad agraria. Por otro lado, el viñedo autorizado no podrá ser modificado y, una vez plantado, en un período no inferior a 10 campañas no podrá cambiarse de titular o de ubicación.

El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el próximo 2 de mayo y permanecerá abierto hasta el 2 de junio. El modelo de impreso está disponible en la propia Consejería, en las Oficinas Comarcales Agrarias y en los Servicios de Atención del Ciudadano o a través de la página web del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org). La orden también establece que cada solicitud corresponderá a una única parcela vitícola.

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural dispondrá de un plazo de 6 meses para resolver los expedientes presentados y notificar las solicitudes admitidas en el proceso.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento