Argoños pide que no se ejecute el derribo de viviendas del Camino del Portillo

Tolosa afirma que la inconstitucionalidad de la modificación de la Ley del suelo tendrá que estudiarse cuando comience su aplicación

El Ayuntamiento de Argoños ha pedido que no se ejecute el derribo de 33 viviendas en la zona del Camino de Portillo. Para ello, ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) lo que se conoce como incidente de ejecución, es decir, ha alegado la existencia de motivos que le impiden cumplir con el contenido de la sentencia de demolición.

Y lo ha hecho en base a la aprobación de su Plan General de Ordenación Urbana, que se hizo en 2006 y que recogía los cambios necesarios para legalizar estas viviendas, pero también aludiendo a la denominada Ley de Medidas Urgentes, aprobada el pasado mes de julio por el Parlamento de Cantabria.

El PGOU de Argoños, ratificado el pasado mes de marzo por el TSJC, cambia la clasificación de los suelos sobre los que se levantaron viviendas afectadas por sentencia de derribo, de forma que se pasa de suelos no urbanizables a urbanos.

Así lo ha avanzado el presidente del órgano en el que se tramitan estos asuntos, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, el magistrado Rafael Losada, quien ha explicado que esta petición había entrado ese mismo día y que en ella se argumenta una imposibilidad legal para cumplir la sentencia, por los cambios introducidos en el Plan General.

En concreto, este incidente se refiere a 33 viviendas en el Camino del Portillo, entre las que se incluyen las cuatro sobre las que pesa una orden de desalojo —prevista para este viernes— y el resto, distribuidas en dos urbanizaciones.

Losada ha precisado que este incidente puede o no ser admitido a trámite, y que si se aprecia que efectivamente hay una imposibilidad legal para derribar, podría resolverse este mes, pero si no, se tardaría dos o tres meses en analizar y estudiar esta cuestión en el seno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

Inconstitucionalidad en la ley del suelo

Por otra parte, el presidente del TSJC, César Tolosa, ha explicado que la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la modificación de la Ley del Suelo en lo relacionado con las indemnizaciones a los afectados por los derribos, sólo puede plantearse cuando comience a aplicarse.

El Parlamento de Cantabria aprobó el pasado mes de marzo con la unanimidad de todos los grupos, una serie de cambios en la Ley del Suelo cántabra con los que se pretende que los propietarios de viviendas con sentencia firme puedan cobrar las indemnizaciones por los derribos antes de que se ejecuten.

Es una medida que la asociación ecologista Arca, promotora de la mayoría de los procesos judiciales que han llevado a las sentencias de derribo, ya ha advertido que podría ser inconstitucional, por afectar a cuestiones propias de la legislación nacional.

Y, en consecuencia, ha anunciado que pedirá que los tribunales se pronuncien sobre este extremo cuando comience a aplicarse, algo que todavía no es posible porque las modificaciones no han salido publicadas en el BOC.

El presidente del TSJC ha precisado que el estudio sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de estos cambios sólo puede abordarse "en el momento procesal oportuno", cuando se plantee, que será cuando la Sala pueda presentar una cuestión de constitucionalidad.

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