La DGT fija la fecha en la que no podrán circular los patinetes sin estar certificados para su uso en España

Con la llegada de la nueva normativa que regulará el uso de estos vehículos de movilidad personal en las vías españolas a partir de enero del año que viene, los conductores deberán adaptarse a ella si no quieren sufrir futuras sanciones.

fotografo: Jorge Paris Hernandez [[[PREVISIONES 20M]]] tema: Patinetes eléctricos. Movilidad. Tráfico. Madrid
Imagen de archivo de varios patinetes eléctricos circulando por Madrid.
PREVISIONES 20M
fotografo: Jorge Paris Hernandez [[[PREVISIONES 20M]]] tema: Patinetes eléctricos. Movilidad. Tráfico. Madrid

La movilidad en las ciudades de España ha experimentado un gran cambio con el auge de los patinetes eléctricos, por ello, la normativa sobre uso se modificará a partir del próximo 22 de enero del 2024, por lo que los conductores de estos vehículos de movilidad personal deben conocerla. 

Entre las medidas que recoge el nuevo texto nos encontramos con la obligatoriedad de que los patinetes eléctricos cuenten con un certificado de circulación expedido por el Estado español, que acredita que el dispositivo cumple con los requisitos técnicos de aplicación conforme a la normativa nacional e internacional. Por lo que tendrán prohibido circular si carecen de este certificado a partir de la siguiente fecha.

¿Qué fecha ha establecido la DGT?

Desde la Dirección General de Tráfico se ha fijado el 22 de enero de 2027, es decir, tres años después de la entrada en vigor de la nueva normativa, como fecha hasta la que podrán circular los patinetes comercializados antes del 21 de enero de 2024 que no cuenten con el certificado de uso.

 Por tanto, en la actualidad lo mejor es comprarse un patinete eléctrico que esté certificado para uso, desde la DGT han elaborado un listado de marcas y modelos que cuentan con un el certificado y, por lo tanto, podrán circular de manera legal con la entrada de la nueva normativa.

¿Cómo se obtiene el certificado de uso de un patinete eléctrico?

Debido al aumento del número de usuarios que han obtenido un patinete eléctrico, la Dirección General de Tráfico y las restantes instituciones que velan por la seguridad de los conductores, han tenido que aplicar las mismas normas de circulación en estos vehículos de movilidad personal. Asimismo, también se han visto obligados a exigir la categorización técnica para evitar la comercialización indiscriminada de los mismos.

Hay que tener en cuenta que dicho certificado es un documento expedido por "un tercer competente designado por el organismo autónomo de la Jefatura Central de Tráfico", tal y como apunta la nueva normativa y deberá ser solicitado por los fabricantes de este tipo de vehículos. Por lo tanto, si quieres adquirir un VMP deberás de pedir el documento que acredite que cumple con todos los requisitos legales.

¿Es obligatorio llevar casco al circular con un patinete eléctrico?

En 2021, la Ley de Tráfico cambió, por lo que se especificó en el artículo 47 que “el conductor de un vehículo personal estará obligado a utilizar el casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine”. 

Pero, como la DGT, a día de hoy, todavía no ha modificado el reglamento, no es obligatorio el uso de casco en los conductores de patinete eléctrico. No obstante, es más que recomendable, independientemente de lo que diga la ordenanza municipal. Por lo que hasta que no se cambie el reglamento, no se sancionará al piloto de este vehículo si circula sin casco.

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