Las familias de la 'Corrala Utopía' recurren ante la Audiencia el auto de desalojo

Las familias que habitan sin relación contractual alguna las viviendas de renta libre correspondientes a los números 2, 4 y 6 de la avenida de las Juventudes Musicales, propiedad de 'Ibercaja', han elevado a la Audiencia Provincial un recurso contra el desalojo forzoso decretado por el Juzgado de Instrucción número tres de Sevilla, según ha informado el abogado Luis de los Santos, que asiste jurídicamente a estas familias.
Inspección sanitaria a la mujer declarada en huelga de hambre.
Inspección sanitaria a la mujer declarada en huelga de hambre.
EUROPA PRESS
Inspección sanitaria a la mujer declarada en huelga de hambre.

Las familias que habitan sin relación contractual alguna las viviendas de renta libre correspondientes a los números 2, 4 y 6 de la avenida de las Juventudes Musicales, propiedad de 'Ibercaja', han elevado a la Audiencia Provincial un recurso contra el desalojo forzoso decretado por el Juzgado de Instrucción número tres de Sevilla, según ha informado el abogado Luis de los Santos, que asiste jurídicamente a estas familias.

El recurso en cuestión solicita dejar sin efecto el auto decretado recientemente por el Juzgado de Instrucción número tres decretando el "desalojo forzoso" de las viviendas, así como la suspensión cautelar de su ejecución hasta la resolución del recurso en cuestión. En su argumentación, la defensa de las familias esgrime que "la falta de motivación" del auto y de la necesidad de la medida de desalojo. "Ni el auto recurrido, ni la propiedad, ni la Fiscalía acreditan la urgencia o el supuesto daño para solicitar esa medida cautelar" de desalojo, alegan las familias, quienes consideran "acreditado que en el inmueble residen familias con niños menores, algunas personas mayores con enfermedades".

"El bien jurídico protegido en este caso es la vida humana, que está por encima del bien jurídico de este delito que es la posesión del inmueble, máxime cuando no se acredita después de tanto tiempo esa urgencia para adoptar la medida". En el recurso se menciona la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de fecha 14 de abril de 2012, que recoge que "no es admisible una violación del domicilio, sin aportar ningún tipo de objetivo legítimo y necesario en una sociedad democrática, máxime sin ofrecer ninguna alternativa de alojamiento real".

LA '

Corrala utopía'

Estamos hablando del colectivo de familias que habita sin relación contractual alguna el bloque de viviendas de nueva construcción y renta libre ubicado en los números dos, cuatro y seis de la avenida de las Juventudes Musicales, cuya propiedad ostenta 'Ibercaja' a través de la sociedad inmobiliaria 'Residencial Murillo'.

Las viviendas en cuestión fueron ocupadas en mayo de 2012 por estas familias alegando su difícil situación socioeconómica y la necesidad de contar con un techo y el conflicto, a lo largo de todos estos meses, ha contado con una vertiente sociopolítica, pues el asunto ha sido debatido en los plenos del Ayuntamiento y la Diputación de Sevilla con diversas movilizaciones y hasta un festival de rock, y un plano judicial derivado de la denuncia promovida por la titularidad de las viviendas a cuenta de la usurpación de las mismas.

Las familias en cuestión esgrimen que su reivindicación no es otra que contar con alquileres sociales para habitar estas viviendas a cambio de cuotas ajustadas a su situación socioeconómica, mientras 'Ibercaja' ha puesto sobre la mesa su programa de respaldo al alquiler de viviendas 'Llaves solidarias", incluido en su obra social para facilitar el acceso a la vivienda de alquiler a familias con dificultades para acceder a este mercado.

Si bien en la primavera de 2013 mediaba un principio de acuerdo entre estas familias y la propiedad del edificio para realojar en otras viviendas a las familias que acreditasen un estado de verdadera "necesidad", extremo que motivó entonces que 'Ibercaja' solicitase la suspensión de su petición de desalojo forzoso, dicho pacto no llegó a buen puerto a excepción del caso de cinco familias que sí se acogieron a los términos del acuerdo. Mientras ambas partes se acusaban mutuamente de incumplir los términos del pacto, la propiedad de las viviendas reactivó su petición de desalojo forzoso.

Entretanto, el Juzgado de Instrucción número tres ha ido tomando declaración a todos los miembros del colectivo de familias por un presunto delito de usurpación, instando en todos los casos al desalojo voluntario de las viviendas. Finalmente, y muy recientemente, esta instancia judicial ha notificado un auto ordenando el "desalojo forzoso" de las viviendas. El auto, recogido por Europa Press, expone que si en un plazo de 15 días no media el "abandono" efectivo de las viviendas, se cursará oficio a las fuerzas de seguridad del Estado para dar cumplimiento a la orden.

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