Condenado por enviar desde el correo electrónico de su ex pareja fotos y datos íntimos de la mujer

El Juzgado de lo Penal número cuatro de Jaén ha condenado a un año de prisión a un hombre por entrar en el correo electrónico de su ex pareja y haciéndose pasar por ella enviar a amigos en común y de la joven fotografías y datos íntimos. Además, no podrá acercarse a ella durante más de cinco años y deberá indemnizarla con 6.000 euros.

El Juzgado de lo Penal número cuatro de Jaén ha condenado a un año de prisión a un hombre por entrar en el correo electrónico de su ex pareja y haciéndose pasar por ella enviar a amigos en común y de la joven fotografías y datos íntimos. Además, no podrá acercarse a ella durante más de cinco años y deberá indemnizarla con 6.000 euros.

La sentencia, consultada por Europa Press, señala que J.L.P.C., de 49 años, mantuvo una relación sentimental con la víctima que duró ocho años y medio hasta noviembre de 2007. Desde principios de diciembre de ese mismo año y hasta febrero de 2011, el procesado envió fotos y datos que ella no quería que fueran publicados y que guardaba en la más absoluta reserva con la "clara intención de desprestigiarla públicamente".

Además, una vez dentro de la cuenta de correo, cambió la contraseña de forma que ni siquiera la mujer podía utilizarla y era el propio acusado el que recibía los correos dirigidos a su ex pareja sin que ella pudiera evitarlo. Igualmente, valiéndose de este mecanismo, envió mensajes de contenido sexual y provocativos tanto a la actual pareja de la joven como al hijo menor del hombre "con la misma intención de desprestigiarla". Estos hechos han causado en la víctima "una situación de ansiedad e intranquilidad constantes".

Por todo ello, el juez considera a J.L.P.C. autor de un delito de revelación de secretos por el que le impone un año de prisión, la prohibición de acercarse y comunicarse con la mujer durante cinco años y una multa de 720 euros. Asimismo, lo condena a estar cuatro días localizado permanentemente y a otros seis meses sin poder acercarse y comunicarse a la víctima por una falta de vejaciones injustas. Junto a ello, el hombre tiene que indemnizar con 6.000 euros a su ex pareja en concepto de responsabilidad civil.

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