Condenado a 18 años y medio de prisión el autor del tiroteo en Linares en el que murió un vigilante

La Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a 18 años y medio de prisión al autor de los disparos que se produjeron durante la feria de Linares (Jaén) de 2008, Antonio M.C., y a causa de los cuales falleció una persona que estaba trabajando como vigilante de la caseta de la juventud. El tribunal igualmente condena a sus acompañantes, en el caso de su primo a dos años y ocho meses de prisión y al otro a siete años y medio de cárcel.

La sentencia, consultada por Europa Press, recoge probado que Antonio M.C., Antonio C.M. y Ángel T.I. se acercaron a esa caseta con la intención de entrar, pero que los cuatro vigilantes les impidieron el acceso porque no iban correctamente vestidos, toda vez que alguno llevaba camiseta de tirantes. Por ello, Antonio M.C. comenzó a insultar a esos vigilantes, entre signos de aprobación de los otros dos, tras lo que encargó a Ángel T.I. que fuera a su casa a coger unas pistolas.

Transcurridos unos 15 ó 20 minutos, volvió Ángel T.I. con un arma de fuego corta que entregó a Antonio M.C., con la que se acercó a la puerta principal de la caseta y efectuó "al menos" un disparo, lo que hizo que todas las personas que allí se encontraban se dispersaran del lugar.

Uno de los vigilantes se escondió dentro, "no así el otro vigilante, que inicia una persecución de Antonio M.C. el cual sale corriendo hacia la rotonda por la que ya se sale del ferial y es al llegar a dicha rotonda cuando Antonio M.C. se vuelve y dispara con ánimo de causar la muerte" del vigilante, que tenía 35 años y estaba casado. El disparo le penetró por el abdomen y le causó la muerte por shock hipovolémico por rotura hepática minutos después.

El tribunal especifica que ni Ángel T.I ni Antonio M.C. tenían licencia o permiso de armas y, además, precisa que Ángel T.I. padece un retraso mental de un 62 por ciento y trastorno del comportamiento, con una edad mental de diez años.

En definitiva, condenó a Antonio M.C. por un delito de homicidio a la pena de 13 años de prisión; por cuatro delitos de amenazas a la pena de un año de cárcel por cada uno de ellos; y por tenencia ilícita de armas a un año y medio de prisión.

Al procesado Ángel T.I le impuso como cooperador necesario de un delito de homicidio, con la atenuante analógica de retraso mental muy cualificada, seis años de prisión; por cuatro delitos de amenazas, con la misma atenuante, tres meses de cárcel por cada uno; y por tenencia ilícita de armas con esa atenuante también otro seis meses de prisión.

Por último, a Antonio C.M. le condena por cuatro delitos de amenazas a la pena de ocho meses de prisión por cada uno de ellos. En concepto de responsabilidad civil, Antonio M.C. y Ángel T.I. indemnizarán a la viuda en la suma de 120.000 euros y, de igual modo, los tres procesados indemnizarán a los otros tres vigilantes en la cantidad de 2.000 euros para cada uno.

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