PSOE pedirá la reapertura de la causa penal contra alcalde de Roquetas tras el fallo de TSJA sobre el Auditorio

El PSOE ha anunciado este martes que solicitará ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Roquetas de Mar (Almería) la reapertura de las diligencias previas que se incoaron en 2005 a raíz de la querella interpuesta por supuestas irregularidades en la proyección y ejecución de las obras del Teatro Auditorio al estimar que podría existir una "actuación ilícita" por parte del alcalde, Gabriel Amat (PP), al "permitir una ilegalidad a sabiendas".
Ortega Y Pérez Navas, En Rueda De Prensa Sobre El Teatro Auditorio De Roquetas
Ortega Y Pérez Navas, En Rueda De Prensa Sobre El Teatro Auditorio De Roquetas
EUROPA PRESS
Ortega Y Pérez Navas, En Rueda De Prensa Sobre El Teatro Auditorio De Roquetas

El PSOE ha anunciado este martes que solicitará ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Roquetas de Mar (Almería) la reapertura de las diligencias previas que se incoaron en 2005 a raíz de la querella interpuesta por supuestas irregularidades en la proyección y ejecución de las obras del Teatro Auditorio al estimar que podría existir una "actuación ilícita" por parte del alcalde, Gabriel Amat (PP), al "permitir una ilegalidad a sabiendas".

Así lo ha trasladado en rueda de prensa el secretario de Organización de los socialistas almerienses, Juan Carlos Pérez Navas, después de la sentencia en la que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) acordase anular la aprobación del proyecto de ampliación y de terminación del inmueble, así como la modificación del contrato de obra, al considerar que el Ayuntamiento no cumplió "los trámites exigibles" en este caso.

Pérez Navas, quien ha comparecido acompañado del portavoz del grupo municipal del PSOE en Roquetas de Mar, Juan Ortega, ha indicado que el juez instructor decretó el sobreseimiento provisional en 2006 al estimar que la causa penal debía "esperar a la resolución del proceso contencioso-administrativo" y señaló en su auto que, si se apreciase una actuación contraria a derecho, "sería el momento de valorar el alcance de la ilegalidad".

Al hilo de esto, ha subrayado que, después de que el TSJA ratificase en segunda instancia que el acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno "no se ajusta a derecho" y que por tanto se trató de un acuerdo "ilegal", se desprende que la actuación del Ayuntamiento fue "caótica económicamente y un ejemplo de mala gestión urbanística y de auténtico despilfarro".

Por su parte, Ortega, quien ha remarcado que la modificación del contrato se hizo con "absolutamente todo en contra" en alusión a los informes desfavorables tanto del secretario como del interventor municipal, y del Consejo Consultivo de Andalucía (CCA), ha asegurado que el equipo de gobierno liderado por Gabriel Amat "intentó legalizar una obra ilegal a apenas 15 días de su inauguración" y ha afirmado que la "desviación" en el presupuesto, del 120 por ciento según el TSJA, "no es precisamente pequeña al superar los ocho millones de euros".

"Se ha gravado con ocho millones de euros a los ciudadanos de Roquetas de Mar, por lo que resulta evidente la responsabilidad política del alcalde que debería reflexionar y dimitir", ha considerado para, a continuación, señalar que el fallo del Alto Tribunal Andaluz no va a tener "consecuencia directa alguna" sobre el Teatro Auditorio. "Son hechos consumados ya que la obra está pagado y en la empresa adjudicataria no hubo mala fe".

La sentencia firme del TSJA apunta que el Consistorio debió resolver el contrato con la UTE integrada por 'Hispano Almería SA', 'Gea 21 SA' y 'Rochina SA' ya que la variación contractual producida, que supuso un aumento casi del 120 por ciento en el precio inicial de la obra, menoscabó el principio de publicidad y concurrencia de la licitación. En concreto, recoge que el Ayuntamiento adjudicó en el año 2000 la obra por un precio de 7.063.094,25 euros y que, en diciembre de 2003, se aprobó un presupuesto complementario y de terminación por importe de 8.408.159,34 euros.

Recoge, asimismo, que las obras fueron ejecutadas antes de la aprobación de la modificación del contrato y que, por tanto, se hallaban finalizadas al momento del dictado del acto administrativo que se impugna, por lo que, a juicio del TSJA, "han de entenderse incumplidos todos los trámites previos necesarios a la ejecución de las obras hasta obtener la aprobación del proyecto ampliatorio".

El Alto Tribunal extrae también como consecuencia de los datos expuestos que no se cumplieron los trámites exigibles para la modificación aprobada y alude al artículo 136 del Reglamento General de Contratación y a la cláusula tercera del pliego de contratación. A esto añade que la modificación no se justificó, "lo que constituye una grave infracción procedimental" y rechaza que obedeciera a razones de interés público como alegó el Consistorio.

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