La Junta ve "un paso importante" que las víctimas irregulares de trata o maltrato no sean expulsadas al denunciar

La consejera para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, Micaela Navarro, ha valorado este viernes como "un paso adelante importante" que las víctimas irregulares de trata o maltrato no sean expulsadas del país al denunciar, después de que este viernes haya entrado en vigor a tal efecto la modificación de los artículos 31 bis y 59 bis de la Ley de Extranjería.
Micaela Navarro
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JUNTA DE ANDALUCÍA
Micaela Navarro

La consejera para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, Micaela Navarro, ha valorado este viernes como "un paso adelante importante" que las víctimas irregulares de trata o maltrato no sean expulsadas del país al denunciar, después de que este viernes haya entrado en vigor a tal efecto la modificación de los artículos 31 bis y 59 bis de la Ley de Extranjería.

En declaraciones a los periodistas en Córdoba, Navarro manifiesta que es "una garantía para una persona de no ser expulsada en caso de presentar una denuncia por sufrir violencia de género y que además tenga una sentencia", porque, aclara, "no vale solo la denuncia".

En este sentido, considera que es "una medida justa porque en estos momentos hemos vivido algún caso", de hecho, recuerda que "hace año medio en Málaga asesinaron a una chica asesina, que el motivo principal había sido no poner denuncia por estar en situación irregular y pensaba que al presentarse en Comisaría sería expulsada".

Asimismo, puntualiza que "en la mayoría de los asesinatos que se han producido este año no había denuncia previa y la mitad de las mujeres asesinadas tenían menos de 30 años", un dato por el que Navarro ha querido "seguir llamando la atención".

Por tanto, destaca que se lleve a cabo "un paso adelante para que ninguna mujer viva con la angustia en la vida de pensar que por ser maltratada no puede presentar denuncia por depender del agresor económicamente y ponga en riesgo su vida por temor al ser expulsada".

En concreto, a partir de este viernes entra en vigor la modificación de los artículos 31 bis y 59 bis de la Ley de Extranjería para que no se pueda incoar un expediente de expulsión a las mujeres que, estando en situación irregular, denuncien violencia de género o trata, y para que sus hijos y quienes dependan de ellas tengan acceso a protección y permisos de residencia.

De esta forma, el texto, una proposición de Ley aprobada definitivamente el pasado 14 de julio por el Parlamento y publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), establece que no se podrá incoar una orden de expulsión para una mujer extranjera que haya denunciado un delito de trata "tanto durante la fase de identificación de las víctimas, como durante el período de restablecimiento y reflexión" y que se suspenderá el expediente administrativo sancionador que se le hubiere incoado o, en su caso, la ejecución de la expulsión o devolución eventualmente acordadas.

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