La presidencia de Joan Laporta en el Barcelona tiene todavía un problema judicial. La Audiencia de Barcelona ha ratificado hoy la sentencia del juzgado de primera instancia número 30 de la capital catalana que en julio de 2006 obligó a Laporta a convocar elecciones de forma inmediata. En dicha sentencia se considera que la junta directiva de la entidad azulgrana ya había agotado su mandato.
Esta sentencia, que ya es firme, reabre al vía de la inhabilitación a Laporta por haber incumplido gravemente los estatutos del club.
Un socio inició el proceso
Cabe recordar que tras confirmarse la sentencia en primera instancia, un socio del Barça (Francesc Gastó) solicitó la inhabilitación del presidente del Barcelona ante el Tribunal Català de l'Esport, máxima instancia de la justicia deportiva en Cataluña, que acordó archivar las actuaciones alegando que la sentencia todavía no era firme.
Ahora, con la ratificación de esta sentencia por parte de la Audiencia de Barcelona, cualquier socio podría denunciar de nuevo a Laporta ante el Tribunal Català de l'Esport o el propio Gastó solicitar la reapertura del expediente.
Juan Manuel de Foronda, el abogado que ha defendido los intereses de un grupo de socios barcelonistas, considera que "
Sin embargo, De Foronda está "muy sorprendido" porque la Audiencia Provincial no haya condenado al club a pagar las costas, que serán satisfechas por la parte demandada y la demandante a partes iguales.
Un problema de fechas y también de avales
Este grupo de socios demandó a Laporta por "incumplimiento grave" del artículo 29 de los estatutos, al considerar que el período que va del 22 de junio de 2003 (fecha de posesión de la nueva junta) al 30 de junio de ese mismo año debe ser considerado como un ejercicio, por lo que el primer mandato de la directiva debía haber finalizado el 30 de junio de 2006.
Pese a que Laporta acató la sentencia de instancia y
Una segunda consecuencia de esta sentencia tiene relación con otra demanda de un grupo de socios para que Laporta y sus directivos avalasen los aproximadamente
Ahora, con el recurso resuelto, el juzgado de primera que conoce del asunto de los avales reactivará el proceso y dictará una sentencia que podría obligar a la junta directiva a
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