Tribunales.- Absuelto el menor que fue imputado por un delito de agresión sexual a otra menor durante la feria

  • El Juzgado de Menores de Jaén ha absuelto a un menor que fue imputado por un presunto delito de agresión sexual a otra menor ocurrido en el recinto ferial el 21 de octubre de 2017 coincidiendo con la Feria de San Lucas.
Vista del recinto ferial de Jaén en la Feria de San Lucas
Vista del recinto ferial de Jaén en la Feria de San Lucas
Europa Press - Archivo
Vista del recinto ferial de Jaén en la Feria de San Lucas

La sentencia, que todavía no es firme ya que cabe recurso de apelación, decreta la inmediata puesta en libertad de este adolescente, que por estos hechos se encuentra cumpliendo una medida cautelar de internamiento en centro cerrado desde el 23 de octubre de 2017. En el momento de su ingreso cautelar, el menor contaba con 15 años.

Según se ha informado desde el Tribunal Superior de Justicia (TSJA), el Ministerio Fiscal y la acusación particular solicitaban para el menor, por considerarlo autor de un delito de agresión sexual y un delito de lesiones, la medida de ocho años de internamiento en centro de régimen cerrado seguido de cinco años de libertad vigilada con asistencia educativa y una prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima.

En la sentencia, a la que ha accedido Europa Press, la jueza de Menores considera acreditado que ambos adolescentes, el imputado y la víctima, mantuvieron relaciones sexuales, pero entiende que no está acreditado que el menor utilizara violencia o intimidación para mantener dichas relaciones en contra del deseo de la menor.

"Sin que haya quedado acreditado que la menor se resistió, que le dijo al menor que parara, que le dijo que estaba abusando de ella, que lo empujó reiteradamente, ni que le dijo que le iba a denunciar, ni tampoco ha quedado acreditado que el acusado la intimidara o utilizara la violencia para consumar la relación sexual más allá de la fuerza necesaria para mantener relaciones sexuales en el lugar en que se mantuvieron por las partes", dice la jueza en el apartado de hechos probados de la sentencia.

También señala que los dos menores se conocieron en el botellón de la feria y que "tras una breve conversación entre ambos, decidieron salir del recinto ferial y cruzar la carretera para dirigirse a un olivar cercano en el que comenzaron a besarse y acariciarse y despuésmantuvieron relaciones sexuales".

El hecho de que la menor acudiera al puesto de la Cruz Roja para solicitar la píldora del día después y que le solicitaran el permiso de sus padres fue lo que llevó a la detención del acusado ya que ella dijo haberle pedido que parara y no lo hizo. Por su parte, el joven adolescente ha venido manteniendo desde el principio que las relaciones fueron consentidas por ambas partes.

El menor, en un inicio, fue sometido a una medida cautelar deinternamiento cerrado tomando en consideración la gravedad de los hechos, el testimonio de la víctima y los indicios de violencia, medida que puede acordarse por un plazo máximo de seis meses en la jurisdicción de menores.

Sin embargo, en la sentencia, valorando en conciencia la ampliaprueba practicada durante las tres sesiones que ha durado el juicio, la jueza considera que el testimonio de la víctima, como única prueba de cargo, no resulta suficiente para entender acreditados los hechos y que los hechos son compatibles con una relación sexual consentida en las circunstancias y el lugar en que se mantuvo.

La referida resolución considera que no hay nada que permita pensar que a la víctima le mueve un móvil espurio, pero también razona que su declaración no es "suficientemente consistente" desde la perspectiva subjetiva y tampoco aparece corroborada por datos o elementos objetivos y así existen dudas acerca de si la menor consintió la relación sexual.

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