UGT gana una sentencia a favor de la incapacidad temporal de una funcionaria del Ayuntamiento por acoso laboral

  • Un fallo de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha estimado el Recurso de Suplicación interpuesto por la Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos de UGT (FeSP-UGT) La Rioja contra una sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Logroño.
Juzgados Logroño, palacio de Justicia de La Rioja
Juzgados Logroño, palacio de Justicia de La Rioja
Europa Press - Archivo
Juzgados Logroño, palacio de Justicia de La Rioja

La agraviada, funcionaria del Ayuntamiento de Logroño y víctima de una campaña de acoso, presentó una demanda ante el Juzgado Social nº 1 de Logroño contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), la Mutua Fremap, la Mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y el Ayuntamiento de Logroño, reclamando una valoración de contingencia.

Con el diagnóstico de "trastorno ansioso-depresivo" originado por el acoso laboral sufrido, la empleada inició un periodo de incapacidad temporal por contingencia común aunque el Ayuntamiento de Logroño no presentó ningún parte de accidente de trabajo. Así, esta incapacidad temporal fue considerada por el INSS "enfermedad común" y avalado por el Juzgado de lo Social nº 1.

Ante esto, la víctima interpuso un Recurso de Suplicación que ha sido valorado por el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, revocando la determinación de contingencia y estimando que "el periodo de incapacidad temporal iniciado por la funcionaria es resultado de un accidente de trabajo". Por ello, la sentencia ha condenado a las partes a asumir su respectiva responsabilidad y las consecuencias que de ello derivan.

Desde FeSP-UGT celebran la sentencia que acredita la relación entre la enfermedad de la empleada y el acoso sufrido en el trabajo, pero lamentan "la falta de voluntad que han demostrado las instituciones envueltas". Por dicha razón, exigen "absoluto respeto y tutela para los empleados de los organismos riojanos porque es inadmisible que se toleren estas prácticas, en este caso, en el Ayuntamiento de Logroño".

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