La directiva de Florentino Pérez firma un código de 'buena' conducta

  • No se podrán contratar familiares o personas afines a los miembros de la actual junta directiva.
  • Tampoco se podrán contratar a empresas en la que éstos o aquellos puden tener algún tipo de relación.
  • La firma del mismo se ha hecho ante notario.
Florentino Pérez, durante su toma de posesión como presidente del Real Madrid.
Florentino Pérez, durante su toma de posesión como presidente del Real Madrid.
EFE
Florentino Pérez, durante su toma de posesión como presidente del Real Madrid.

La nueva junta directiva del Real Madrid, presidida por Florentino Pérez, y que se ha reunido este lunes por primera vez, ha aprobado un código ético que regirá la conducta de todos sus miembros y de sus familiares en relación con el club.

Según dichas normas de comportamiento, firmadas ante notario por todos los miembros de la junta, éstos, "como administradores de un patrimonio ajeno", se comprometen a guardar una "absoluta incompatibilidad para contratar con el club".

La contratación del Real Madrid tiene que estar presidida por los principios de publicidad y concurrencia de ofertas

La incompatibilidad se extiende no sólo a los miembros de la junta, "sino también a sus parientes más cercanos (padres, hijos, hermanos, nueras, yernos, cuñados, etc.) y a las sociedades en las que aquellos o éstos tengan su control o en las que ejerzan funciones de administración o alta dirección", según indica una nota emitida por el club.

"De igual manera, la contratación del Real Madrid tiene que estar presidida, como regla general, por los principios de publicidad y concurrencia de ofertas, sin perjuicio de las excepciones necesarias en función de la naturaleza del contrato o de su escasa cuantía".

Los miembros de la junta firmaron "de manera irrevocable" ante notario el compromiso de "no realizar ningún tipo de contrato con el Real Madrid ya sean de carácter laboral o mercantil, ya se refieran a los bienes propiedad del Club o sean de obras, servicios o suministros de cualquier clase, salvo los de patrocinio y los relativos a la contemplación de espectáculos o el arrendamiento temporal de espacios en las instalaciones del Club".

"La contratación del Real Madrid", añade, "deberá estar presidida, con carácter general, por los principios de publicidad y concurrencia, salvo aquellas excepciones necesarias en función de la naturaleza o de la escasa cuantía del contrato", concluye el comunicado.

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