Un juez impide a una inmobiliaria echar a una anciana de su casa tras la muerte de su marido

  • El difunto esposo era el titular del contrato de alquiler.
  • Se firmó en 1971 cuando la Ley no otorgaba la mayoría de edad a las mujeres.
  • La inmobiliaria instaba a la demandada a que abandonara la vivienda.
  • El juez entiende que pese a no ser firmante, la anciana era cotitular del contrato.
Un piso de alquiler.
Un piso de alquiler.
Un piso de alquiler.

Una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 29 de Barcelona ha impedido que una inmobiliaria echara a una anciana de su casa tras la muerte de su marido, que era el titular del contrato de alquiler.

Según explica el escrito del juez, el contrato fue firmado el 1 de mayo de 1971 cuando la Ley no otorgaba la mayoría de edad a las mujeres, impidiendo que estas pudieran firmar este tipo de documentos, por lo que fue su marido quien formalizó la firma en nombre de ambos.

No fue hasta 1975 que la Ley otorgó la mayoría de edad a las mujeres y, a partir de entonces y en este tipo de casos, se debía informar al arrendador de la muerte del cónyuge titular del contrato, en un plazo de tres meses para seguir mantenido el alquiler.

Por este motivo, la inmobiliaria entendía que la anciana, al no haber informado de la muerte de su esposo, daba por finalizado el contrato de alquiler del piso en el que vivía desde hacía 42 años, e instaba a la demandada a que lo abandonara.

El juez recuerda que el contrato fue firmado con anterioridad a la reforma de la normativa y que en el mismo se explicita que el estado civil del titular era casado; además, expone que ha quedado demostrado que el arrendatario conocía que la mujer convivía con su cónyuge en el piso.

El juez ha desestimado la demanda de la inmobiliaria impidiendo que la mujer fuera desalojada al entender que, pese haber un sólo firmante, la anciana era cotitular del contrato de alquiler.

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