Aprobado el nuevo reglamento de la DOP Peras de Rincón de Soto y la creación de su Consejo Regulador

El consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha informado hoy sobre la Orden 6/2011, por la que se aprueba el nuevo reglamento de la Denominación de Origen Protegidas (DOP) Peras de Rincón de Soto y su órgano de gestión privada como Consejo Regulador y que se publica hoy en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR).
Emilio del Río
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GOBIERNO DE LA RIOJA
Emilio del Río

El consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha informado hoy sobre la Orden 6/2011, por la que se aprueba el nuevo reglamento de la Denominación de Origen Protegidas (DOP) Peras de Rincón de Soto y su órgano de gestión privada como Consejo Regulador y que se publica hoy en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR).

De ello ha dado cuenta esta mañana el portavoz del Gobierno de La Rioja, Emilio del Río. Dicho reglamento se adapta a la Ley 5/2005 de 1 de junio de los Sistemas de Protección de la Calidad Agroalimentaria en la Comunidad Autónoma de La Rioja, la primera que regula este extremo ajustándose a las especificaciones propias de La Rioja y de sus figuras de calidad.

Por ello, permite tanto el crecimiento y desarrollo de las figuras ya existentes como el nacimiento de otras nuevas dentro de un marco jurídico adecuado. El artículo 6 de esta norma determina la estructura y funcionamiento de los órganos de gestión de las marcas de calidad riojanas, estableciendo como principio básico su funcionamiento sin ánimo de lucro y la representatividad de todos los intereses económicos y sectoriales implicados.

El Consejo Regulador de la DOP Peras de Rincón de Soto orientará la producción y calidad, promocionará e informará a los consumidores, velará por la defensa de la denominación y la correcta aplicación de su reglamento. Además de la tramitación del registro de la Denominación, controlará cuestiones como las prácticas de cultivo, la recepción, conservación e identificación del producto amparado.

Por su parte, la Comunidad Autónoma de La Rioja a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural será responsable, además de la supervisión del correcto funcionamiento de la DOP, de la verificación del cumplimiento del pliego de condiciones.

Dop peras de rincón

Las Peras de Rincón de Soto fueron las primeras peras en obtener, en 2002, el reconocimiento como Denominación de Origen Protegida que otorga la Unión Europea. Las peras protegidas pertenecen a las variedades blanquilla y conferencia de las categorías extra y primera. Su intenso sabor, definido por su especial dulzura, su generoso tamaño y la oxidación que presentan en su piel -denominada russeting- caracterizan este producto de calidad riojano. En este sentido, la Orden contempla que el Consejo Regulador de la DOP pueda proponer, previo informe, la autorización de nuevas variedades.

La zona de producción de las peras amparadas por la DOP Peras de Rincón de Soto está constituida por 27 municipios: Albelda, Alberite, Alcanadre, Aldeanueva de Ebro, Alfaro, Agoncillo, Arrúbal, Ausejo, Calahorra, Cenicero, Entrena, Fuenmayor, Hormilla, Hormilleja, Huércanos, Lardero, Logroño, Murillo de Río Leza, Nalda, Nájera, Navarrete, Pradejón, Rincón de Soto, San Asensio, Torremontalbo, Uruñuela y Villamediana de Iregua.

Como datos destacados de esta marca de calidad, la DOP acoge a 280 cultivadores y son 7 las centrales registradas durante la campaña, con un total de 543 hectáreas inscritas. La producción total (entre las variedades blanquilla y conferencia) se sitúa en más de 8,4 millones de kilos.

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