Además, ha puesto de relieve que se trata de una norma aprobada en el año 1999, por tanto, con otro Gobierno diferente y sin ser él consejero.
Agudo se ha pronunciado así a propósito de la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional y nulo el artículo de la Ley del Comercio de Cantabria que restringe la libertad de horarios en zonas de gran afluencia turística a los establecimientos comerciales minoristas cuya superficie útil de venta y exposición supere 2.500 metros cuadrados.
El TC anula dicho precepto porque esta limitación no está contenida en la legislación básica estatal en materia de horarios comerciales.
El consejero ha precisado que esa norma cántabra "prácticamente" no se usa, ya que hay leyes posteriores en esta materia, en concreto, la Ley de Estructuras Comerciales de Cantabria y la transposición de la Directiva europea de Servicios.
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