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Un juez da la razón a una empleada obligada a llevar sólo ropa interior debajo de la bata

  • La mujer pidió que se modificara una norma interna de la empresa sobre la vestimenta en el trabajo.
  • Tras pedirlo le impusieron un cambio de horario y de centro de trabajo.
  • La empleada demandó a su jefe por discriminación y la sentencia ha declarado la nulidad de la medida de la compañía.
  • Pedía llevar ropa de calle debajo de la bata porque con el uniforme "se les ve parte del cuerpo que no deberían enseñar".

El Juzgado de lo Social número 26 de Madrid ha dado la razón a la empleada de una óptica que interpuso una demanda por discriminación después de que su jefe le impusiera una nueva jornada laboral, con cambio de horarios y ubicación, tras solicitar que se modificara la obligación de que las mujeres llevaran sólo ropa interior bajo la bata. La mujer pidió que pudiesen llevar ropa de calle debajo, como hacen los trabajadores varones de la empresa. Los hombres podían mantener su ropa de calle debajo de la bata de trabajo

La empleada, miembro del Comité de Empresa, reclamó en octubre de 2008 un cambio en la normativa interna de la compañía relativa a la diferencia de la vestimenta obligada de las trabajadoras frente a los trabajadores.

Los hombres podían mantener su ropa de calle debajo de la bata de trabajo, siempre que los pantalones y zapatos no fueran deportivos. Sin embargo, las mujeres no podían permanecer con la ropa de calle y menos aún si consistía en pantalón.

Uniforme incómodo

De la sentencia se desprende que la dirección desoyó la petición, que volvió a ser solicitada en noviembre de ese año. La demandante denunció que dicho uniforme era incómodo, puesto que "cuando se sientan, agachan o hacen algún movimiento la bata se abre y se les ve parte del cuerpo que no deberían enseñar". La empresa no siguió "el procedimiento adecuado para modificar las condiciones de jornada"

El 14 de enero de 2009 la empresa le comunicó que debería prestar servicios en otro centro, especificándole las variaciones en su horario. Un mes después rectificó y le envió una nueva documentación, al aceptar que la orden no era ajustada a derecho. Sin embargo, en mayo la empleada recibió una comunicación en la que se le informó de que ese mes debía incorporarse a un nuevo centro de trabajo.

La sentencia detalla que la empresa no siguió "el procedimiento adecuado para modificar las condiciones de jornada y horario de la actora", derivándose de ello la nulidad de la medida.

Consulta aquí más noticias de Madrid.

70 Comentarios
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61 Comentario oculto Leer comentario
Dice ser Malaparte
61
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Dice ser Malaparte, 06.10.2009 - 11.09h

La óptica es Delgado Espinosa, y la empresa permite desde junio de este año llevar ropa debajo de la bata (sólo faldas al principio, después también pantalón). Ahora, después de la sentencia, y dentro de las normas de decoro en la vestimenta en la empresa, cada una puede ir como quiera, es decir, con sólo lencería si se encuentra a gusto, o con algo más de ropa por el mismo motivo.

Moraleja: sin denuncia perduraría el trogloditismo en ópticas Delgado Espinosa. (Repito el nombre porque no se por qué lo obvian en la noticia.)

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perez
62
Avatar de perez
perez, 06.10.2009 - 11.40h

    Pa el Mendas como Juan y como el no pilla cacho.
    TOOOONTOOOOOOS
    PARECEIS ANORMALES DE VERDAD!!!!!
    como ha dicho una chica por ahí (creo que era mujer) TU MADRE TAMBIÉN ES MUJER SABES??????

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    Dice ser Luiscar
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    Dice ser Luiscar, 06.10.2009 - 11.47h

    La verdad, es que si en una óptica a mí me reciben con bata blanca y la chica en cuestión va sin sujetador y en tanga, reconozco que iría prácticamente a diario... eso es así. Pero por otro lado entiendo que con esos temas no se puede jugar para hacer negocio. Y mucho menos sin consentimiento de las mujeres.

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    Dice ser No firmes y punto
    64
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    Dice ser No firmes y punto, 06.10.2009 - 12.15h

    05.10.2009 - 21.42 h - Dice ser Juancar - #18

    O eres un PAGAFANTAS de lo lindo o una troll feminazi haciéndose pasar por hombre para soltar paridas.

    Vamos a ver, ¿no sabía está mujer la indumentaria que debía llevar antes de firmar el contrato?
    Debió abstenerse de firmar y dejar el puesto para alguna criatura que realmente le haga falta.
    Dejad de hablar estupideces, aquí se ve a una que tiene más cara que espalda.

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    Dice ser tu padre
    65
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    Dice ser tu padre, 06.10.2009 - 12.17h

    06.10.2009 - 11.40 h - perez - #62

    Aunque aquí dudamos que tu padre fuese hombre....

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    Dice ser yiti
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    Dice ser yiti, 07.10.2009 - 14.53h

    boicot a multiopticas!!

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    Masolera
    67
    Avatar de Masolera
    Masolera, 08.10.2009 - 10.02h

      Es todo MENTIRA !!!, si fuera cierto 20 Minutos, pondria la copia de la sentencia, o se atreveria dar el nombre y direccion de la Optica, cuando no lo hacen es porque es FALSO.

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      Dice ser endúlzate
      68
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      Dice ser endúlzate, 08.10.2009 - 14.45h

      Me parece genial que se hayan decantado las leyes en favor de la igualdad, porque esa pobre mujer tenia el mismo derecho que cualquiera de sus compañeros a la hora de vestir el uniforme.
      Una medida justa

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      Dice ser Ismael
      69
      Avatar genérico
      Dice ser Ismael, 23.05.2010 - 18.43h

      Si este jefe obligaba a su empleada en ir en ropa interior debajo de su bata, pues que él de ejemplo y también vaya en ropa interiorm. Muy bien por esa sentencia del juez y somos iguales de una vez.

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      axemarine
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      Avatar de axemarine
      axemarine, 23.05.2010 - 21.13h

        humillacion total para la mujer no hay verguenza en este puto pais

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