Colas en la Consejería de Obras Públicas por una ayuda para rehabilitar viviendas

  • La Consejería lo anunció hace 15 días.
  • Las ayudas oscilan entre 3.500 y 24.000 euros.
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A la caza de una ayuda para rehabilitar casas, poner ascensores o instalar energías renovables. El registro de la Consejería de Obras Públicas aguantaba ayer las colas de los murcianos que intentaban pedir o presentar los documentos que les hacen falta para lograr una de las ayudas de 3.500 a 24.000 euros que concede el Ministerio de Vivienda, dentro del Plan de Rehabilitación de Edificios y Viviendas.

El Gobierno regional anunció la subvención hace tan sólo 15 días y hoy acaba el plazo para solicitarlas. Esto ha generado malestar entre los interesados por la falta de tiempo para reunir todos los documentos que hay que presentar para pedir las ayudas. No obstante, en los últimos 10 días la Consejería ha atendido más de 6.000 peticiones de información sobre la subvención.

Obras Públicas culpa al Ministerio del plazo tan escaso. En cambio, desde el Ministerio de Vivienda aseguran que "desde el 11 de febrero el Gobierno regional conocía las ayudas tras aprobarse en conferencia sectorial. Sabían que nos tenían que enviar las solicitudes antes del 1 de abril".

Desde el 11 de febrero el Gobierno regional conocía las ayudas tras aprobarse en conferencia sectorial"

Muchos documentos

Para pedir las ayudas para rehabilitar casas se necesitan certificados de empadronamiento, bancarios o memoria de las obras a realizar.

"Es casi imposible realizar los trámites en tan pocos días. Creo que lo han hecho por mera propaganda", cuenta M. G., un afectado.

"Estas ayudas se deben anunciar con dos meses de antelación. Puedo hacer cola porque soy profesional liberal", dice Antonio Ballesta.

Los detalles...

Casas antiguas: Ayudas para garantizar la seguridad de los pisos de más de 10 años.

Inaccesibles: Ayudas para la instalación de ascensores o rampas para discapacitados.

Contaminantes: Ayudas para instalar energía solar o mecanismos de ahorro de agua.

¿Quién las puede pedir?: El dueño o inquilino de la casa, siempre que esté empadronado en la casa donde obrará.

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