El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado la decisión, aprobada ayer por el Consejo de Ministros, de aumentar hasta 100.000 euros la cobertura del fondo de garantía de depósitos y del de garantía de inversiones para los clientes de entidades financieras.
Por lo tanto, esta iniciativa entra en vigor tras su publicación en el BOE. El Gobierno duplica así el nuevo mínimo de 50.000 euros que garantizarán, por entidad y titular, todos los países de la UE si una de sus entidades quiebra y, al mismo tiempo, evita que la banca española sufra la competencia desleal de otras entidades del entorno.
Hasta hace pocas semanas no se había planteado la necesidad de ampliar el máximo de 20.000 euros que se aseguraba en España -que a su vez era el mínimo que exigía la UE- por la gran confianza de los ahorradores en las entidades y debido a que el Fondo de Garantía de Depósitos español cuenta con un patrimonio de 6.500 millones de euros.
No obstante, la decisión en cadena de varios países de la UE de elevar las garantías de los depósitos de sus ahorradores, tras la decisión de Irlanda de cubrir durante dos años la totalidad de los depósitos de los seis grandes bancos del país, acabó por un acuerdo conjunto de la UE para elevar el mínimo hasta los 50.000 euros, aunque varios países, incluida España, lo elevará a 100.000.

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