La Sala, a través de la sentencia que se ha hecho pública hoy, considera que el acusado no es culpable de que "terceros" hayan establecido enlaces con imágenes de pornografía de menores extranjeras en su página web. De igual forma, la Audiencia advierte que tampoco se ha establecido por esta misma razón que el procesado haya comercializado con estas páginas, por lo que no puede traducirse en la existencia de "dolo" por su parte.
El fiscal había solicitado para este hombre la pena de cinco años y cuatro meses de prisión al considerar que como propietario de la empresa LNW, contaba con un dominio de Internet que, según la acusación del Ministerio Público, estaba dedicado a contenidos de carácter pornográfico, lo que no ha quedado acreditado para el tribunal.
El caso comenzó a investigarse en junio del año 2005 cuando un internauta de Tarragona denunció que desde una página web se podía acceder a contenidos con pornografía infantil.
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