Abrir
Cerrar
Buscar
cargando ACCESIBILIDAD

Detienen a un conductor por circular a 205 kilómetros por hora

Control de alcoholemia
Un agente realiza un control de alcoholemia a una conductora (Foto: Archivo). (ICAL)
Ampliar
  • Los Mossos abrieron diligencias penales contra el conductor por un delito contra la seguridad del tráfico.
  • También se ha detenido a un camionero que dio un resultado seis veces superior a la tasa de alcoholemia permitida.
  • Por último, también se han abierto diligencias penales contra un conductor que por conducir sin puntos.

Los Mossos d'Esquadra arrestaron el pasado 12 de enero en Vilademuls (Girona) a un conductor por circular a 205 kilómetros por hora en la AP-7, una vía donde la velocidad máxima permitida es de 120, según ha informado la Policía catalana en un comunicado.

Unos agentes detectaron el vehículo que circulaba muy rápido cuando realizaban un control de velocidad en la AP-7. Los Mossos abrieron diligencias penales contra el conductor por un delito contra la seguridad del tráfico ya que, según la reforma del Código Penal, se tipifican como delito las velocidades que superen las establecidas por reglamento en 60 kilómetros por hora en vía urbana y en 80 en las interurbanas.

Al conductor se le podría aplicar una pena de cárcel de tres a seis meses o una multa de 360 a 144.000 € y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. También se le privará el derecho a conducir por un periodo superior a un año y hasta cuatro años.

Seis veces por encima de la tasa de alcoholemia

En otra operación, la Policía autonómica detuvo a un camionero que dio un resultado seis veces superior a la tasa de alcoholemia permitida. Los Mossos lo interceptaran adelantando un autocar en línea continua en el kilómetro 759 de la N-II, en el término municipal de Llers, donde la patrulla policial tuvo que esquivarlo para evitar chocar frontalmente con el tráiler.

Los agentes dieron media vuelta y requirieron al conductor que parara. El camionero, Stefan V., de 44 años y nacionalidad eslovaca, presentaba claros síntomas de estar bajo los efectos del alcohol, por lo que le practicaron la prueba de alcoholemia, que dio un resultado seis veces superior a la tasa legal.

La Policía detuvo al hombre, que no tiene antecedentes, y que pasó el 15 de enero a disposición del juzgado de instrucción en funciones de guardia de Figueres. El juez decretó su libertad con cargos.

Conducir con los puntos agotados

Por último, en la madrugada del 13 de enero, durante un control del alcoholemia en la N-260 a su paso por Olot, los Mossos pararon a un conductor que dio negativo en la prueba pero que tenía el permiso de conducir retirado por haberse quedado sin puntos.

Le abrieron diligencias penales ya que, según la reforma del Código Penal, circular sin puntos en el carné de conducir se tipifica como delito contra la seguridad vial.

58 Comentarios
Suscribirse por RSS

Escribir un nuevo comentario

1 Comentario oculto Leer comentario
Dice ser Gerona
1
Avatar genérico
Dice ser Gerona, 20.01.2008 - 18.26h

En Gerona, el titular está en castellano.

Ya no puede recibir valoraciones -2
2 Comentario oculto Leer comentario
Dice ser gele
2
Avatar genérico
Dice ser gele, 20.01.2008 - 18.28h

pues a la carcel
http://real1902.wordpress.com/

Ya no puede recibir valoraciones +2
3 Comentario oculto Leer comentario
Dice ser Sergio
3
Avatar genérico
Dice ser Sergio, 20.01.2008 - 18.31h

A la carcel y punto, que son asesinos en potencia...

Ya no puede recibir valoraciones +10
4 Comentario oculto Leer comentario
Dice ser girona
4
Avatar genérico
Dice ser girona, 20.01.2008 - 18.40h

Ley 2/1992, de 28 de febrero, por la que pasan a denominarse oficialmente Girona y Lleida las provincias de Gerona y Lérida.

Don Juan Carlos I,
Rey de España.

A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed:
Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

A través de dos decretos de 27 de junio de 1980 se autorizo a los entonces ayuntamientos de Gerona y Lérida a cambiar el nombre de sus municipios por el de su origen catalán, que es el de Girona y Lleida, respectivamente.

La propia tradición histórica, cultural y literaria de estas ciudades justificaron el cambio oficial de su denominación, que a la vez debe extenderse al nombre de las provincias cuya capitalidad jurídicamente ostentan, de acuerdo con lo establecido en el decreto de 30 de noviembre de 1833.

No obstante, actualmente se sigue manteniendo la denominación oficial de Gerona y Lérida para las mencionadas provincias, que provoca una evidente discordancia con el nombre oficial de los municipios a los que deben forzosamente adecuarse los mismos. El propio decreto de 30 de noviembre de 1833 establece en su artículo 1 que las provincias tomarán el nombre de sus capitales respectivas, excepto las de Navarra, Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, que conservarán sus actuales denominaciones.

Por otro lado, las mismas razones históricas y culturales que avalaron la denominación oficial de los municipios de Girona y Lleida se hacen igualmente extensibles para el nombre de las respectivas provincias, además de una manifiesta aceptación popular y social de la mencionada toponimia por parte de los habitantes de las mismas.

Asimismo, debe tenerse en cuenta que la Diputación de Girona (en sesión plenaria celebrada el 21 de octubre de 1986) y la Diputación de Lleida (en sesión plenaria celebrada el 18 de febrero de 1982) acordaron por unanimidad solicitar el cambio de la denominación oficial de sus respectivas provincias, en el mismo sentido que ahora se propone por la presente Ley.

Artículo Primero.

La actual provincia de Gerona se denominará oficialmente de Girona, de acuerdo con su tradición histórica, cultural y literaria; y en concordancia con el nombre oficial de Girona que tiene reconocido legalmente su capital.

Artículo Segundo.

La actual provincia de Lérida se denominará oficialmente de Lleida, de acuerdo con su tradición histórica, cultural y literaria; y en concordancia con el nombre oficial de Lleida que tiene reconocido legalmente su capital.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.

En los libros de texto y material didáctico y en otros usos no oficiales, cuando la lengua que se utilice sea el castellano, el topónimo correspondiente podrá designarse en esta lengua.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.

Se faculta al Gobierno para adoptar las disposiciones necesarias para la aplicación de esta Ley, que deberán comprender, entre otras, el cambio de las letras GE por GI en las placas oficiales de matrícula de vehículos de la provincia de Girona.

DISPOSICIÓN FINAL.

La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.



Por tanto, mando a todos los españoles, particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley.

Madrid, 28 de febrero de 1992.

- Juan Carlos R. -



El presidente del Gobierno,
Felipe González Márquez

Ya no puede recibir valoraciones +2
5 Comentario oculto Leer comentario
Dice ser SC
5
Avatar genérico
Dice ser SC, 20.01.2008 - 18.41h

Siempre hay gilipollas que se saltan todas las normas. A por ellos

Ya no puede recibir valoraciones +2
6 Comentario oculto Leer comentario
Dice ser GERONA
6
Avatar genérico
Dice ser GERONA, 20.01.2008 - 18.44h

¿Y porqué tenemos que emplear palabras catalanas, los no catalanes? Digo Gerona porque no soy catalán, ni falta que me hace. La dictadura, para vosotros pero en el resto de España, ni lo soñéis.

Ya no puede recibir valoraciones 0
7 Comentario oculto Leer comentario
Dice ser Angeles
7
Avatar genérico
Dice ser Angeles, 20.01.2008 - 18.48h

Éstos asesinos de carretera de que van, para ellos debe de ser más importante la botella que la vida de los demás.

Ya no puede recibir valoraciones +1
8 Comentario oculto Leer comentario
Dice ser Canarii Amazigh
8
Avatar genérico
Dice ser Canarii Amazigh, 20.01.2008 - 19.02h

Catalunya its not Spain!

Noticias de otros paises/naciones a la seccion internacional del periodico por favor, seamos ordenados!

Ya no puede recibir valoraciones -2
9 Comentario oculto Leer comentario
Dice ser Asas
9
Avatar genérico
Dice ser Asas, 20.01.2008 - 19.03h

Pues nada, ahora una multa de 300 € y a seguir saltándose las normas. Hasta que atropelle y mate a alguien en cuyo caso la multa sería de 600 €.

Ya no puede recibir valoraciones +1
10 Comentario oculto Leer comentario
Dice ser para el ultrilla descerebrado.
10
Avatar genérico
Dice ser para el ultrilla descerebrado., 20.01.2008 - 19.05h

Yo soy de Madrid y digo Girona.

Ya no puede recibir valoraciones +5

Hemos bloqueado los comentarios y las correcciones de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.

Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios

Escribir comentario o corrección

3000 caracteres pendientes

Introduce el número de la imagen (Código de verificación para prevenir envios automáticos).

Código seguridad

Normas para comentar en 20minutos.es
  • Esta es la opinión de los internautas, no la de 20minutos.es.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
  • Por favor, céntrate en el tema.
  • Normas y protección de datos