Así consta en la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en la que la Audiencia desestima el recurso de la pareja contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción 16 de València, que le condenó por un delito leve de usurpación de bienes inmuebles.
La pareja, según consta como probado en la resolución, ocupaba desde mayo de 2017 un inmueble ubicado en la calle Ángel de Villena de la ciudad, que era propiedad de la Sareb. No tenían ni el consentimiento ni la autorización de esta entidad.
Por estos hechos, un juzgado condenó a la pareja, y ésta recurrió y alegaron error en la valoración de la prueba. Aseguraban que entraron a ocupar la casa porque les fue ofrecida por un tercero, y añadieron que estaba totalmente abandonada, con lo que tuvieron que hacer "determinados arreglos" en su interior para poder estar habitable.
El tribunal, tras estudiar el recurso, lo desestima al no detectar razones que llevasen a censurar la valoración efectuada por la juez instructora. Al respecto, recuerda las manifestaciones de la pareja en la vista oral, quienes admitieron los hechos.
Así, se recogió en la sentencia inicial: "Se trata de una ocupación reconocida por los mismos, desde hace unos meses y hasta la actualidad, que debe ser valorada como ocupación con vocación de permanencia, pese a ser conocedores de carecer de autorización de su legítimo propietario; sin que conste acreditado que se trate de una vivienda abandonada o en estado ruinoso, ni tampoco el hecho de haberse puesto en contacto con Servicios Sociales del Ayuntamiento o haber interesado la concesión de cualquier tipo de ayuda".
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios