El juez del caso Auditorio acaba la instrucción y propone juzgar al expresidente de Murcia

  • El magistrado Julián Pérez Templado, del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, ha acordado la conclusión de las diligencias previas.
  • Atribuye a Pedro Antonio Sánchez prevaricación continuada, fraude en la obtención de subvenciones, y prevaricación o fraude de fondos públicos.
El expresidente de Murcia Pedro Antonio Sánchez.
El expresidente de Murcia Pedro Antonio Sánchez.
COMUNIDAD de MURCIA
El expresidente de Murcia Pedro Antonio Sánchez.

El magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Murcia Julián Pérez Templado ha propuesto procesar al expresidente regional Pedro Antonio Sánchez en el caso Auditorio, cuya instrucción ha concluido.

Le atribuye prevaricación continuada, fraude en la obtención de subvenciones, y prevaricación o fraude de fondos públicos. Cuando esta decisión sea firme -cabe recurso- el Ministerio Fiscal y las demás acusaciones tendrán diez días para pedir la apertura de juicio oral o el sobreseimiento.

El caso investiga el proyecto, adjudicación, ejecución y recepción de las obras del Centro Cultural del municipio de Puerto Lumbreras, cuando Sánchez era alcalde de dicha localidad.

El auto del juez concreta así los posibles delitos cometidos por Sánchez:

  • Prevaricación continuada, por la "contratación irregular del arquitecto Sr. Lejarraga".
  • Fraude  a  las  subvenciones, por la "obtención de una subvención para construir el Auditorio de manera falsaria  y sin cumplir la  finalidad".
  • Prevaricación o fraude a la Administración, por "los cambios acordados por el Sr. Sánchez López, el arquitecto Sr. Lejarraga  y el constructor Sr. Gimeno, por medio de un modificado del contrato originario o para  salvar  sus  responsabilidades".

El juez también propone juzgar a Martín Lejarra Azcarreta, responsable del proyecto y ejecución de la obra, y contra Vicente Gimeno Merino, representante legal de la constructora, como cooperadores necesarios en el delito de prevaricación o fraude de fondos públicos.

Por otro lado, decreta el sobreseimiento provisional para los otros 18 investigados.

Según el juez, Pedro Antonio Sánchez no tenía autorización de la Comunidad "ni para cambiar el emplazamiento del auditorio ni para hacer una serie de construcciones no previstas", con la consecuencia de dejar el edificio a medias, y añade que en su declaración judicial "no tiene empacho alguno de afirmar que no se terminó la obra porque se acabó el dinero; lo que está clarísimo es que así fue, pero por causa de hacer más allá de lo que estaba previsto".

Comenta también el auto que "el resultado fue injusto, pues si se hubiera terminado el auditorio, incluso en un lugar distinto al autorizado, estaríamos ante ese tipo tan frecuente de irregularidades administrativas sin trascendencia delictiva".

Pero de inmediato, el instructor añade que "el problema penal es que no se terminó y que, además, se hicieron determinadas maniobras en un intento de justificar lo injustificable".  Esta manera, según el magistrado, "no es otra que hacer el proyecto modificado, que decidieron el alcalde, el arquitecto y la empresa, por unas u otras razones, los beneficiarios".

Finalmente, el auto sostiene que "un tan extravagante, injustificado y arbitrario modificado del proyecto inicial tuvo el efecto perverso y contrario a los intereses públicos de liberar a la contratista, Ecisa, de la obligación de ejecutar el proyecto licitado y que le había sido adjudicado en unas determinadas condiciones, que eran a su riesgo y ventura en base a un precio de licitación con el que se había comprometido".

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