Obligan por primera vez a mantener en su cargo a una madre tras la baja

  • La mujer volverá a trabajar de coordinadora y cobrará el plus.
  • El TSJC halla en la empresa "discriminación por razón de sexo".
  • Se trata de una sentencia pionera en España.

Una sentencia pionera obliga a una empresa a mantener la categoría laboral de una trabajadora en el periodo en el que disfrutará de la reducción de jornada solicitada tras la maternidad. También se le obligará a indemnizarla con 4.200 euros.

El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) desestima una sentencia anterior y condena a la compañía por

discriminación de sexo.

Eva Elvira R. M. pidió en marzo de 2006 acogerse a la reducción de jornada por cuatro horas.

Informó de que la media hora de lactancia a la que tenía derecho la acumularía cuando no "entorpeciera la actividad y la productividad de la empresa". La empresa lo aprobó a los seis días.

La empleada trabajaba como coordinadora de línea, por la que recibía un plus que cobraría sólo los días que ejerciera esa función.

Tras pasar una baja y las vacaciones, la empresa comunicó verbalmente a Eva Elvira que la apartaba como coordinadora hasta terminar la reducción de jornada. El juez no duda en ver detrás una "

actuación discriminatoria por razón de sexo" y concluye que "ningún cargo de cierta responsabilidad podría acogerse a la reducción de jornada", de acuerdo con la sentencia del juzgado social 3 de
Granollers.

El TSJC considera que el argumento de la sentencia, de enero de 2007, y anulada ahora, "raya el absurdo".

La exclusión ya no es "razonable"

La sentencia del TSJC anula una anterior en la que se calificaba de "justificación objetiva y razonable" el proceder de la empresa.

Entendía que no se puede actuar como coordinadora cuando se trabaja sólo cuatro horas. El juez observaba que el único motivo por el que la trabajadora fue apartada se debió a la "asunción de obligaciones familiares por la reducción horaria".

Castigadas

Discriminación: El TSJC recuerda que, por las "convenciones sociales todavía arraigadas en España", la reducción de la jornada para cuidar de los niños "es ejercida de manera mayoritaria por mujeres, el colectivo tradicionalmente castigado por la discriminación".

Plus proporcional: La trabajadora recibirá un plus proporcional al tiempo que lo ejerza cada día, según establece la sentencia conocida ayer.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento