El Constitucional alemán niega la paternidad prenatal sobre embriones congelados

  • El demandante y su compañero, registrados como pareja de hecho, tiene dos hijas que nacieron en 2012 en California de una madre de alquiler.
  • La ley de descendencia alemana no contempla el reconocimiento de la paternidad antes del nacimiento de un hijo.
Bebé recién nacido.
Bebé recién nacido.
PIXABAY
Bebé recién nacido.

El Tribunal Constitucional (TC) alemán rechazó este jueves reconocer la paternidad prenatal sobre varios embriones congelados que se encuentran en una clínica de reproducción asistida de California, en Estados Unidos, porque la ley de descendencia alemana sólo establece vínculo materno y paterno tras el nacimiento.

El demandante y su compañero, registrados como pareja de hecho, tienen dos hijas que nacieron en 2012 en California de una madre de alquiler.

Según datos del querellante, las niñas fueron concebidas artificialmente con su esperma y los óvulos de una donante; paralelamente fueron engendrados otros nueve embriones que permanecen conservados desde entonces en la clínica californiana. En tanto, varios de los embriones fueron implantados en otros vientres de alquiler en California.

La ley germana es clara en este sentido

Tanto el Tribunal de Primera Instancia de Neuss, el 26 de febrero de 2014, como la Audiencia Territorial de Düsseldorf, el 31 de julio de 2015, y el Tribunal Supremo, el 24 de agosto de 2016, rechazaron reconocer la paternidad del demandante sobre los "embriones conservados extracorporalmente", pues de la ley vigente no se desprende esta posibilidad.

Según el TC, la ley de descendencia alemana no contempla el reconocimiento de la paternidad antes del nacimiento de un hijo y tampoco de la Constitución se desprende este derecho ni el reconocimiento de un estatus equivalente.

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