El exalcalde de Pravia, condenado a 7 años de inhabilitación por prevaricación

  • La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Asturias ha condenado al exalcalde de Pravia Antonio de Luis Solar a siete años de inhabilitación para el desempeño de cargo público al considerarlo responsable de un delito de prevaricación. El exalcalde había sido imputado por supuestamente haber avalado a la empresa Zaferco XII, a iniciativa propia, para la compra de 14 parquímetros por valor de 79.000 euros durante la negociación municipal para poner en marcha la zona azul.
Antonio de Luis Solar
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EUROPA PRESS
Antonio de Luis Solar

La sentencia estima los recursos de apelación formulados por la portavoz del PP en el Ayuntamiento, Ana Rosa Álvarez Díaz, y Foro Asturias contra la sentencia de 29 de marzo de 2016 del Juzgado de lo Penal nº 1 de Avilés, que absolvía al exregidor de los delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos en grado de tentativa y tráfico de influencias que había sido acusado.

Ahora, el fallo judicial recalca que no hay "circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal", con lo que se mantiene la pena de inhabilitación especial.

Según la sentencia, en el momento de la formalización del contrato con la empresa Zaferco XII, "no existió acuerdo plenario acordando suscribir el contrato, no se tramitó expediente administrativo alguno ni hubo fiscalización de la operación", a pesar de que el exalcalde actuó como representante del Ayuntamiento, y no a título particular.

En el mes de mayo de 2013, añade el documento, cuando la sociedad arrendataria había dejado impagadas varias cuotas, la entidad Banco de Santander que en febrero de 2013 se había subrogado en la posición de la arrendadora se dirigió verbalmente al Ayuntamiento poniendo de manifiesto el impago. Fue entonces cuando de Luis comunicó al Interventor, a la Secretaria municipal y a los Concejales que había suscrito el contrato. Tras ello el exalcalde abonó las mensualidades devengadas que pendían de pago y otras que se fueron devengando en meses siguientes.

La Sala estima además que los argumentos esgrimidos por de Luis en el juicio, en los que afirmaba que desconocía el contenido de la póliza, que no lo había leído ni se quedó con la copia, "carecen del menor poder de convicción".

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