Lo dice una sentencia en contra de Sanidad. Un juzgado de Soria reconoce que un trabajador, en este caso una enfermera, tiene derecho a disfrutar de los días de permiso por fallecimiento, ingreso o enfermedad grave de un familiar en días alternos.
Hasta ahora, y según la responsable del Sindicato de Enfermería Satse, Silvia Sáez, que ha llevado el caso, los permisos se concedían de forma consecutiva y si caían en fin de semana contaban igual.
Cuando se solicite
Además, la sentencia aclara que los días libres computarán desde la fecha indicada en la solicitud del trabajador y no desde el hecho que causa esa petición de permiso.
Así, cuando sea por el ingreso de un familiar que tenga que estar diez días en el hospital no será necesario cogerse los tres primeros, sino los tres que pida el empleado.
Si es por un fallecimiento, el empleado tendrá derecho a disfrutarlos, seguidos o alternos, pero cuando se produzca la muerte y no más adelante.
En el caso de la sentencia, la trabajadora había solicitado tres días (lunes, martes y miércoles), cuando la muerte fue en sábado. Sacyl sólo le dio dos, al entender que el domingo contaba. Lo curioso es que la Junta ya reconocía en una orden que el disfrute podía ser en días alternos.
Satse tiene otras dos denuncias similares presentadas y espera que esta sentencia cree jurisprudencia tanto para Sanidad como para otros sectores de la Administración.
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