Condenado a 3 años de cárcel un técnico de la CHG por pedir dinero para no denunciar pozos ilegales

  • La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a tres años de cárcel a un técnico de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) acusado de solicitar 5.000 euros en abril de 2012 al propietario de dos pozos ilegales ubicados en la localidad sevillana de Marchena para retrasar el expediente sancionador que se debía incoar.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia condena a este técnico de la CHG a tres años de prisión, siete años de inhabilitación para empleo o cargo público y el pago de una multa de 3.600 euros por un delito de cohecho, todo ello tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular.

En el juicio, el Ministerio Público pidió para el acusado cuatro años y medio de prisión y una multa de 5.400 euros, así como inhabilitación especial para cargo público por espacio de diez años, mientras que la acusación particular que ejerce el dueño de la finca reclamó seis años de cárcel y el pago de una multa de 18.000 euros, además del pago de 35.000 euros en concepto de responsabilidad civil por los daños "psicológicos" causados.

De igual modo, la Audiencia Provincial absuelve a un segundo acusado que prestaba funciones como auxiliar de guardería fluvial para la Empresa Pública de Gestión Ambiental, actualmente Agencia del Medio Ambiente y Agua, dependiente de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta, todo ello después de que el jurado lo declarase no culpable.

El jurado consideró probado que los hechos tuvieron lugar el 18 de abril de 2012, cuando el técnico que ha sido absuelto concertó una cita para el día siguiente con el denunciante al objeto de inspeccionar dos pozos que poseía en el término municipal de Marchena, los cuales se encontraban pendientes de legalizar.

La Audiencia relata en la sentencia, consultada por Europa Press, que, concertada la cita el 19 de abril de 2012, el técnico de la Junta acudió acompañado del condenado, que era técnico superior de actividades técnicas y profesionales, prestando servicios para la CHG.

En el transcurso de dicha inspección, los encausados manifestaron al propietario de la finca que, no estando legalizados los pozos, era ilegal regar y que ello podría aparejar una sanción de hasta 60.000 euros.

5.000 EUROS

Así, y mientras el técnico de la Junta realizaba actuaciones en el campo, el operario de la CHG solicitó al propietario de la finca un total de 5.000 euros, en concreto 4.000 euros "destinados a un abogado por él conocido que recurriría con éxito la sanción" y 1.000 euros "por retrasar la incoación del expediente sancionador".

La sentencia remarca que la presencia en la finca el día de los hechos del técnico de la Junta -que "aún cuando no estuvo presente en la conversación anterior tuvo conocimiento previo y pleno" de ella- "sí estaba justificada", ya que fue autorizado el 18 de abril de 2012 para ampliar su zona de trabajo incluyendo la localidad de Marchena.

Además, y "como un favor personal", llevó en su coche al condenado a la finca en cuestión "como paso previo para después ayudarle en la apertura de una espuerta para lectura de la estación de aforo que constituía" la tarea del condenado, de manera que "no participó en la petición de dádiva".

A la hora de establecer la pena, la Audiencia tiene en cuenta que todo "se ha quedado en el intento de obtener una dádiva para evitar la sanción que pudiera recaer por regar con pozos ilegales", pues el propietario de la finca, "lejos de aceptarlo, denunció los hechos", de manera que "estamos ante un delito de consumación anticipada" castigado con pena de prisión de tres a seis años.

NO HUBO REITERACIÓN EN LA PETICIÓN DE LA DÁDIVA

Al hilo, señala que, aunque no se haya estimado la concurrencia de ninguna atenuante, el tiempo transcurrido desde la comisión de los hechos (abril de 2012) "no puede dejarse de tener en cuenta desde la perspectiva de los fines de prevención especial, de modo que no se observan razones para imponer las penas en su mitad superior", por lo que opta por imponerle la pena de prisión mínima por este delito "en atención a la no reiteración por el acusado en la petición de la dádiva".

La Audiencia rechaza, por cierto, la petición de la acusación particular para que el condenado indemnizara al dueño de la finca con 35.000 euros por los daños y perjuicios causados, ya que no se ha desplegado "una mínima prueba tendente a la acreditación" de los mismos, "siendo incluso ignorado en qué han consistido".

En su declaración en el juicio celebrado en la Audiencia, los dos acusados negaron haber solicitado 5.000 euros en abril de 2012 al propietario de los pozos ilegales ubicados en Marchena para retrasar el expediente sancionador que se debía incoar y opinaron que éste les habría denunciado para suspender el proceso sancionador y así poder "seguir regando".

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