Condenados por dar una paliza a un Dj que se negó a guardarles los abrigos en la cabina

  • Los agresores, cuatro jóvenes de entre 21 y 25 años, han sido condenados a dos años de prisión cada uno.
  • Al principal acusado se le ha suspendido la pena siempre que no vuelva a delinquir.
  • Los hechos pasaron durante la madrugada del pasado 6 de enero en un bar de copas de Húecija.
Un DJ, trabajando.
Un DJ, trabajando.
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Un DJ, trabajando.

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a cuatro jovenes de entre 21 y 25 años a dos años de prisión cada uno por un delito de lesiones y lesiones agravadas después de que le propinaran una paliza a un pincha discos que se negó a guardarles los abrigos en la cabina en la que se encontraba poniendo música.

Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del pasado 6 de enero en un local de copas de Huécija (Almería) donde uno de los acusados, que cuenta con antecedentes penales, se acercó a la cabina del Dj para pedirle permiso para dejar allí sus chaquetas, a lo que este se negó, según indica el fallo.

Debido a ello, los cuatro jóvenes, que también han sido condenados a permanecer alejados 300 metros de la víctima, agarraron "por la espalda" al disc jockey y lo sacaron del cubículo para, a continuación, golpearlo con patadas y puñetazos. Asimismo, el primero de jóvenes le estampó un vaso de cristal en la cabeza.

Suspensión de la pena

Según apunta el fallo, dictado de conformidad entre las partes pero sobre el que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, el perjudicado sufrió daños en el cuero cabelludo, un ojo, una mano y en la nariz, por lo que deberá ser indemnizado conjuntamente por todos con 475 euros más intereses legales.

En este sentido, el juez Manuel José Rey impone al agresor que le estrelló el vaso a la víctima una multa de tres euros diarios durante un periodo de dos meses y dicta sobre él un periodo de alejamiento de tres años, mientras que para el resto de condenados fija ese alejamiento en seis meses. No obstante, accedió a una suspensión de la pena para el principal acusado por un periodo de dos años con la condición de que no vuelva a delinquir en ese periodo.

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