La Audiencia de Málaga concede el tercer grado a Isabel Pantoja

  • Para que la tonadillera pueda disfrutar del régimen de semilibertad aún se tiene que pronunciar la Junta de Tratamiento.
  • Esta concesión le permitiría abandonar la prisión en periodos preestablecidos.
  • Por actividad profesional, podría llegar a otorgársele el control telemático o la libertad vigilada.
  • Según el auto ha sido "esencial" el que la tonadillera haya "asumido la responsabilidad".
Isabel Pantoja sale de prisión tras lograr un segundo permiso.
Isabel Pantoja sale de prisión tras lograr un segundo permiso.
GTRES
Isabel Pantoja sale de prisión tras lograr un segundo permiso.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga ha concedido este viernes el tercer grado o régimen de semilibertad a Isabel Pantoja, condenada a dos años de cárcel por blanqueo de capitales. Según el auto ha sido "esencial" el que la tonadillera haya "asumido la responsabilidad del delito".

La concesión del tercer grado permitirá a la tonadillera abandonar en periodos preestablecidos la prisión de Alcalá de Guadaíra, en Sevilla, donde permanece desde el 21 de noviembre de 2014, según han informado fuentes judiciales.

Fuentes penitenciarias han explicado que para disfrutar del régimen de semilibertad aún se tiene que pronunciar la Junta de Tratamiento, que se reúne, en esta cárcel, cada jueves.

Corresponde a Instituciones Penitenciarias autorizar si la artista puede tener libres los fines de semana y sólo acudir a prisión a dormir de lunes a jueves o, alternativamente, la Junta de Tratamiento puede incluso aprobar, por actividad profesional, la modalidad de control telemático o la libertad vigilada.

De esta forma, se estima el recurso de apelación presentado por la defensa, contra la decisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Sevilla de denegar este régimen de semilibertad. La decisión de ahora del Tribunal ha contado con el informe a favor de la Fiscalía sevillana.

La tonadillera entró el 21 de noviembre de 2014 en la cárcel de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), con lo que ya ha cumplido algo más de un año de cárcel. Desde prácticamente su ingreso ha intentado obtener el tercer grado, tras disfrutar de varios permisos penitenciario en este tiempo.

En el auto, la Sección Segunda de la Audiencia malagueña se refiere a sus manifestaciones previas sobre el delito de blanqueo de capitales y a su repercusión social, y señala que la clasificación prematura en tercer grado "puede afectar a los fines de la pena y conseguir pervertirlos", además de "proyectar a la comunidad la sensación de vaciamiento --cuando no impunidad--".

Pero, también se señala en dicha resolución, que es firme, que, en este caso, en la cantante concurren las circunstancias de "buen comportamiento mantenido desde su ingreso en prisión y una buena evolución personal"; además de que ha hecho un uso "correcto" de esos permisos penitenciarios.

Asimismo, indica que Pantoja, que es una "delincuente primaria", ha cumplido "más de la mitad de la condena de dos años que le fue impuesta", al tiempo que "cuenta con apoyo familiar y posee ingresos económicos procedentes de sus actividades profesionales y artísticas".

También se señala que "viene cumpliendo el compromiso de pago de la multa que le fue impuesta", de forma que ya ha abonado 747.148 euros del total de 1,147 millones de euros a los que se le condenó.

Pero sobre todo se incide en que en un informe emitido por la trabajadora social, educador y jefe de servicios médicos y miembros de la junta de tratamiento --que "votaron a favor de la concesión del tercer grado"-- consta que la cantante "ha asumido la responsabilidad del delito cometido".

"Tal reconocimiento y asunción de la responsabilidad representa un factor absolutamente esencial para favorecer un régimen de semilibertad", indica el Tribunal, que añade que "si tiene consciencia del desvalor realizado por su conducta ciertamente se puede concluir que existe un fundamento claro y rotundo de alejamiento del delito".

Al respecto, se añade que "sólo cuando personalmente la penada asume su responsabilidad, el peligro de recaída en otros episodios delictivos se aleja de forma rotunda".

Por último, se alude a la reforma legislativa en la que la libertad condicional "declina su naturaleza de último grado del sistema penitenciario para convertirse en una modalidad de suspensión de la pena de prisión pendiente de cumplimiento".

Es "este conjunto de circunstancias" el que lleva a la Sala a considerar que Pantoja, "tras el cumplimiento de más de la mitad de la pena de privación de libertad, es merecedora del progreso de grado solicitado, el tercero", lo que se acuerda "sin perjuicio de los programas de seguimiento y evaluación de actividades que puedan establecerse".

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