La Junta se opone a que la juez Núñez conceda una pensión de alimentos a la esposa de Juan Lanzas

La Junta de Andalucía, que ejerce la acusación en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, se ha opuesto a la petición realizada por Patrocinio Sierra, esposa del 'conseguidor' de los ERE y exsindicalista de UGT-A Juan Lanzas, para que la juez María Núñez Bolaños le conceda una pensión de alimentos de 1945,80 euros mensuales para poder hacer frente a gastos "cotidianos" como agua, electricidad, gas, calzado o ropa.

La Junta de Andalucía, que ejerce la acusación en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, se ha opuesto a la petición realizada por Patrocinio Sierra, esposa del 'conseguidor' de los ERE y exsindicalista de UGT-A Juan Lanzas, para que la juez María Núñez Bolaños le conceda una pensión de alimentos de 1945,80 euros mensuales para poder hacer frente a gastos "cotidianos" como agua, electricidad, gas, calzado o ropa.

En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, la Junta pone de manifiesto que la petición formulada por la imputada para que se le alcen los embargos derivados de la fianza de responsabilidad civil de 14,7 millones que le impuso Mercedes Alaya mediante auto de 27 de mayo de 2013, así como la de establecer con cargo a las cantidades embargadas una pensión alimenticia, "debe ser íntegramente desestimada".

Según expone la Junta, dicho auto ha sido confirmado posteriormente por la Audiencia Provincial de Sevilla, "que ha considerado la existencia de indicios sólidos de incriminación" contra la esposa de Juan Lanzas, "por lo que se reúnen los requisitos exigidos para la adopción de medidas cautelares de carácter real".

Por tanto, "acceder a lo solicitado supondría la modificación de las medidas cautelares de carácter real impuestas", lo que "no tiene, en este momento procesal, justificación alguna, siendo totalmente insuficientes las pruebas que de contrario se aportan en orden a desvirtuar las mismas", sostiene la Junta.

Asimismo, asevera que "tampoco se ofrece término de comparación idóneo, pues peticiones similares han sido formuladas" por otros imputados —como por ejemplo el exconsejero de Empleo Antonio Fernández—, "sin que en ningún caso se haya accedido al establecimiento de pensión alimenticia con cargo a los bienes embargados", por lo que solicita a la instructora que deniegue la solicitud planteada por Patrocinio Sierra.

Hay que recordar que la Fiscalía Anticorrupción no se ha opuesto a que la juez pueda concederle una pensión a la imputada, tras lo que la instructora reclamó distinta documentación a la esposa del 'conseguidor' de los ERE antes de determinar la cuantía de la pensión de alimentos solicitada.

La petición

En un escrito, el abogado de Patrocinio Sierra pone de manifiesto que, "al igual que está ocurriendo con otros imputados", tanto ella como su esposo "carecen de medios para subsistir" tras los embargos acordados contra ellos "por unos importes millonarios", pues la juez Alaya impuso una fianza de responsabilidad civil de 38 millones a Lanzas y de 14,7 millones a su mujer.

La imputada, que solicita a la juez una reducción del embargo, señala que "las propias piezas de responsabilidad civil tramitadas contra ellos delatan la situación de insolvencia en la que se encuentran, pues no solo se acordó el embargo de sus inmuebles sino el bloqueo de todas sus cuentas corrientes".

Todo ello "hace que incluso los recibos habituales de cualquier hogar —electricidad, agua, gas— que se venían abonando con aportaciones de familiares, en una cuenta" de la imputada, "finalmente ante su último bloqueo primero y embargo después, tuvieron que ser trasladados a la cuenta de otro familiar con recursos, que se ocupa de este aspecto de su subsistencia con su propio peculio".

"En el momento presente ningún miembro de la familia tiene recursos económicos", alega la imputada, que recuerda que a Juan Lanzas "le llegaron a denegar, incluso, el subsidio de desempleo para liberados de prisión por entender el Servicio Público de Empleo Estatal que no cumplía el requisito de carencia de rentas", para lo que tomó como referencia la declaración del IRPF de 2012, "antes de su ingreso en prisión y bloqueo y embargo de todas sus cuentas".

"minoración de ingresos brutal"

Esta resolución fue impugnada pero su pretensión fue desestimada por el Juzgado de lo Social número 3 de Jaén, que le denegó "la excepcional figura de prestación de subsidio de desempleo de liberado de prisión, cuando persigue facilitar la reinserción", critica la imputada en su escrito, en el que señala que "los pocos jornales dados en su pueblo para tener algún tipo de ingreso —12 en total— no fueron validados por la Tesorería General de la Seguridad Social para su admisión en el Reass, lo que habría permitido su contratación por otros empresarios agrícolas en su zona de residencia".

La imputada añade que ella "también ha intentado" trabajar en el sector agrario, comenzando en 2013 en fincas de su suegro, y logrando reunir 30 jornales, pero la Tesorería General de la Seguridad Social "la excluyó del censo agrario y de todo derecho a prestación así como posibilidad de trabajar con otros empresarios agrícolas" dado que "entendía que no eran jornadas reales, obviando que en 2013 se produjo en la familia una minoración de ingresos brutal", por lo que "resultó preciso trabajar en lo que se pudiera y donde se pudiera".

"Se vive sin recursos, sólo de las aportaciones familiares, en su mayor parte de los padres de su esposo que tienen pequeñas pensiones, y obtienen además un escaso rendimiento agrícola" de sus fincas, alega la imputada, que reclama una reducción del embargo, el desbloqueo de las cuentas y una pensión de alimentos de 1945,80 euros mensuales equivalente a multiplicar el módulo básico de subsistencia por los tres miembros de la familia.

Liberación de fondos en otras 'MACROCAUSAS'

La imputad recuerda que "otros imputados en macrocausas similares a ésta han obtenido durante la instrucción la liberación de fondos en cuantía suficiente para poder sufragar sus necesidades familiares más básicas, por cierto sin oposición del Ministerio Fiscal y sin la carga procesal de la búsqueda exhaustiva de empleo que se viene imponiendo, y que resulta exagerada en la presente situación de crisis económica".

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