Última llamada para los que quieran ejercer el voto por correo

El próximo jueves finaliza el plazo para los electores que deseen optar por el sufragio postal en las municipales.
Último llamamiento para todas aquellas personas que por diferentes motivos, como vivir fuera de su ciudad o encontrarse de viaje de negocios o turismo, no puedan acudir a su colegio electoral para votar el próximo 27 de mayo. El plazo para solicitar el voto por correo finaliza ya este semana, concretamente el jueves, día 17.Para poder hacerlo, el primer paso es visitar su oficina de Correos más cercana, con DNI en mano, y solicitar el impreso de voto. Desde ese mismo momento, estos ciudadanos serán inscritos en las listas del censo, de modo que ya no podrán votar personalmente, el día de las elecciones, en su colegio electoral.

Antes del 20 de mayo, la oficina del censo les remitirá a sus domicilios provisionales una papeleta de cada una de las formaciones políticas, un sobre de votación.

Recibida toda la documentación, ya sólo queda el último paso, enviar su voto a la mesa electoral, por correo certificado, no más tarde del 23 de mayo. Después, Correos conservará hasta el día de las elecciones estas cartas, que posteriormente serán contabilizadas como un voto más de la mesa.

Residentes en el extranjero

Para los españoles residentes en el extranjero, este proceso finalizó el pasado mes de abril en el caso de las elecciones municipales.

En el caso de las autonómicas, en cambio, estos residentes tienen hasta el 20 de mayo para entregar el sobre de votación, que ya deben haber recibido en su país de destino en la oficina consular en la que estén inscritos. Si deciden enviar su voto por correo certificado, tienen unos días más, hasta el 26 de mayo. En estos comicios hay 1.168.638 españoles que viven en otros países con derecho a voto. En los anteriores comicios, los de 2003, votaron por correo 652.507 electores, el 2,8% del censo.

Enfermos e incapacitados

Para incapacitados y enfermos, la legislación española exige que los locales electorales deban ser accesibles. A su vez, estos enfermos también pueden optar al voto por correo mediante la aportación de un certificado médico que les concederá la opción de que mediante notario ellos otorguen un poder a favor de la persona que quieran que les gestione el procedimiento para votar. Con esto, el representante irá, antes del 17 de mayo, con su DNI y el poder, a cualquier oficina de Correos y solicitará el impreso para votar por correo, siguiendo así el mismo proceso que el resto de electores.

En esta ocasión

Censo electoral: Este año tienen derecho a votar 35.263.968 personas.

Se decide: Hay elecciones legislativas en 13 comunidades autónomas.

Desde lejos: 1.168.638 votantes no residen este año en España.

Artículo 72 y 73: Los electores tienen derecho a votar por correo si no se hallan en su localidad.

A la basura: Los votos que lleguen fuera de plazo serán destruidos.

La suma: A las 20.00 horas del 27 de mayo se sumarán los votos por correo.

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