Diego no tiene "nada que decir" sobre la confirmación de la absolución de Marcano e Higuera por la Casa de los Gorilas

El presidente de Cantabria, Ignacio Diego, ha afirmado que no tiene "nada que decir" sobre la decisión del Tribunal Supremo (TS) de confirmar la absolución del exconsejero Cultura, Turismo y Deporte, Javier López Marcano, expresidente del Consejo de Administración de Cantur, y del exdirector de dicha sociedad pública, Diego Higuera, del delito de prevaricación administrativa por la obra de la Casa de los Gorilas del Parque de la Naturaleza de Cabárceno.

El presidente de Cantabria, Ignacio Diego, ha afirmado que no tiene "nada que decir" sobre la decisión del Tribunal Supremo (TS) de confirmar la absolución del exconsejero Cultura, Turismo y Deporte, Javier López Marcano, expresidente del Consejo de Administración de Cantur, y del exdirector de dicha sociedad pública, Diego Higuera, del delito de prevaricación administrativa por la obra de la Casa de los Gorilas del Parque de la Naturaleza de Cabárceno.

Con estas tres palabras ha respondido el jefe del Ejecutivo regional al ser cuestionado antes del Pleno del Parlamento regional por la resolución judicial del Supremo que ha rechazado el recurso de la Sociedad Regional Cántabra de Promoción Turística, Cantur, y ha confirmado la sentencia dictada el pasado mes de abril por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que absolvió a López Marcano, actual diputado del PRC, y a Higuera.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo afirma en una sentencia que seha conocido este lunes que la propia recurrente es plenamente consciente de que los hechos probados, tal como aparecen redactados en la sentencia, carecen de aptitud para integrar el delito que se pretende.

Ese delito, según la sentencia, tiene como elemento nuclear la acción de dictar una resolución arbitraria en un asunto administrativo y lo que se atribuye al exdirector de Cantur es haberse puesto en contacto telefónico con el despacho de un arquitecto y con un arquitecto técnico; y a López Marcano haber firmado un contrato con el representante de una sociedad mercantil.

El Tribunal Supremo concluye que el relato de la sala de instancia no satisface las exigencias típicas de ese delito y que para que fuera de aplicación el artículo 404 del Código Penal habría que integran en él datos fácticos que no contiene y reconoce que la Sala Segunda carece de un cauce hábil para completar de ese modo los hechos probados.

Tras conocer la resolución del Supremo, López Marcano sí expresó su "enorme satisfacción" ante una sentencia que, a su juicio, supone "el triunfo de la verdad" frente al "terrible acoso judicial" al que le ha sometido el Ejecutivo cántabro desde que comenzó la legislatura, "sin más razón que las rivalidades políticas".

Asimismo, opinó que con la sentencia se "debe poner fin al despilfarro de dinero público en las persecuciones judiciales promovidas por el odio furibundo del presidente regional, Ignacio Diego, al Partido Regionalista".

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