La defensa del condenado a tres años por un delito de abusos en Linares recurrirá la sentencia

La defensa de J.S.L., el hombre al que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a tres años de cárcel por un presunto delito de abusos sexuales cometido en una parcela de Linares sobre una menor, y al que la Fiscalía atribuía otros tres ilícitos de esa naturaleza, va a recurrir ante el Tribunal Supremo (TS) dicha sentencia.

La defensa de J.S.L., el hombre al que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a tres años de cárcel por un presunto delito de abusos sexuales cometido en una parcela de Linares sobre una menor, y al que la Fiscalía atribuía otros tres ilícitos de esa naturaleza, va a recurrir ante el Tribunal Supremo (TS) dicha sentencia.

Así lo ha confirmado este jueves a Europa Press el abogado que ejerce la defensa de este hombre, Ignacio Moreno, que ha explicado que "desde el primer momento" de conocer el fallo ha tenido clara la decisión de recurrirlo en casación, ya que en todo momento ha solicitado la libre absolución de su cliente.

En ese sentido, ha manifestado su "respeto" por la Audiencia Provincial en general y por la Sección Segunda en particular, si bien ha reiterado que "no comparte" la sentencia firmada por dicha sala el pasado lunes, pese a que ésta absuelve al encartado de cinco de los seis delitos que le atribuía la Fiscalía, que eran cuatro de abusos sexuales, uno de exhibición obscena ante menores y otro de exhibición de material pornográfico, por todos los cuales solicitaba una pena total de 18 años y seis meses de prisión.

El abogado de la defensa argumenta que el tribunal de la Audiencia ha creído a la menor supuestamente víctima del delito por el que se ha condenado a su cliente "en algunos aspectos sí y en otros no" de su declaración, algo que "no entiende".

Además, considera que existen "muchas contradicciones" entre la declaración de dicha niña y la de su hermana pequeña, así como entre éstas y el testimonio del padre de las mismas, a todo lo cual añade que un informe de psicólogos del Instituto de Medicina Legal (IML) en el que el tribunal se ha basado para considerar coherente la declaración de la víctima es "nulo de puro derecho".

Cabe recordar que en la sentencia que ahora va a ser recurrida se considera probado que el 31 de mayo de 2008 un vecino dejó a sus dos hijas, de ocho y cinco años de edad entonces, en la parcela del acusado "para ver una pecera" y regresó a su casa, y el procesado "dejó entrar en la vivienda" a la mayor de las hermanas "cerrando posteriormente la puerta" a la más pequeña, y "ya en el interior procedió a tocar los órganos genitales" de la niña de ocho años.

La sentencia precisa que como consecuencia de estos hechos a esa niña "le ha quedado como secuela sentimiento de vergüenza y culpa, nerviosismo y ansiedad, retraimiento personal, tristeza y accesos de llanto", y ha precisado de tratamiento psicológico hasta el pasado mes de julio.

Por lo demás, el tribunal de la Sección Segunda da por "acreditado" que el 1 de junio de 2008 otras dos menores —entonces de 13 y 15 años— "visitaron la casa del procesado con el fin de hablar de sexo con él", si bien no está probado que "éste les hiciera tocamientos ni les mostrara una película pornográfica".

Además de a la citada pena de tres años de prisión, al acusado se le ha prohibido durante cuatro años acercarse a menos de 50 metros y comunicarse con la menor por cualquier medio, así como a indemnizarla con 15.000 euros por "daños morales".

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