Archivan la causa contra García Anguita (PP) por supuesto delito contra honor de Matilde Cruz (PSOE)

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha acordado decretar el "sobreseimiento libre y consiguiente archivo" del procedimiento iniciado contra el teniente de alcalde y portavoz del equipo de gobierno del Consistorio de la capital, Miguel Ángel García Anguita (PP), por un supuesto delito contra el honor de la concejal socialista Matilde Cruz que habría cometido al señalar que ésta "había colocado a un familiar suyo en el Ayuntamiento" siendo edil del mismo.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha acordado decretar el "sobreseimiento libre y consiguiente archivo" del procedimiento iniciado contra el teniente de alcalde y portavoz del equipo de gobierno del Consistorio de la capital, Miguel Ángel García Anguita (PP), por un supuesto delito contra el honor de la concejal socialista Matilde Cruz que habría cometido al señalar que ésta "había colocado a un familiar suyo en el Ayuntamiento" siendo edil del mismo.

Así consta en un auto fechado el pasado día 12 que estima un recurso de apelación interpuesto por el también secretario general del PP de Jaén contra otro auto dictado el pasado mes de febrero por el Juzgado de Instrucción número uno de la capital, que vino a avalar la decisión de continuar las actuaciones en este caso "por las normas del procedimiento abreviado".

El auto, consultado por Europa Press, detalla que el origen de este litigio se remonta a septiembre de 2012, cuando García Anguita "dio el visto bueno y redactó y autorizó, en el ejercicio de sus funciones como portavoz del equipo de gobierno y concejal de personal del Ayuntamiento de Jaén, una nota de prensa (...), así como documento del gabinete de comunicación (...), en el que se señalaba que Matilde Cruz había colocado a un familiar suyo en el Ayuntamiento, detentando la citada (...) la condición de concejal en el mismo".

Según la jueza que actúa como ponente en este auto, en este caso el portavoz del gobierno local "se limitó a criticar o a poner de manifiesto que la querellante había colocado a un familiar suyo en el Ayuntamiento de Jaén, lo cual perfectamente puede tener cabida en el ejercicio de las libertades de expresión y de información".

Además, subraya que Cruz "es un personaje público" y la información se refiere a "cuestiones no privadas", por lo que "el ámbito de la libertad de información ha de ampliarse en detrimento del derecho al honor", a la vez que señala que "la expresión utilizada por el querellado no es ofensiva, vejatoria o insultante".

De esta manera, para la Sección Tercera de la Audiencia, el texto que ha dado pie a este litigio es una "manifestación del derecho de libre expresión", y "no consistió ni desde su marco (...), ni desde su contenido —colocación de un familiar—), más que emisión de opiniones críticas, sin ánimo deshonorante".

Asimismo, "mal puede pedirse protección al derecho al honor de una persona, cuando dentro del ámbito de la política, según los documentos existentes en el presente testimonio de particulares, tanto PSOE como PP de Jaén se acusan mutuamente de enchufismo en el Ayuntamiento", de forma que este caso se enmarca "más bien dentro de la denominada contienda política, entre personajes públicos, que han de soportar la crítica que sobre ellos recaiga, sin que por tanto puedan considerar vulnerado el derecho al honor".

Así se añade en el auto, que es firme y que, por ello, ha acordado "decretar el sobreseimiento libre y consiguiente archivo de las presentes actuaciones" contra García Anguita, al "no ser los hechos objeto de la querella constitutivos de infracción penal".

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