No heredarán los padres y los hijos que maltraten

Se requerirá una sentencia firme que lo pruebe. La reforma del Código Civil catalán es pionera al incluir todas las agresiones y no sólo el asesinato.
Catalunya desheredará a los cónyuges que maltraten al otro miembro de la pareja, si agreden con resultado de muerte y también si se produce un maltrato. Será necesaria una sentencia firme.La reforma del libro cuarto del Código Civil de Catalunya también incluye a los hijos del matrimonio y se refiere también a los hermanos. Contempla la «indignidad» para heredar de aquella persona que haya sido condenada en firme por maltrato.

Catalunya se sitúa al frente de las comunidades autónomas. En el conjunto de España se está tramitando una modificación en el mismo sentido para que no sólo se desherede cuando la agresión acabe en muerte.

El Código Civil español ya prevé desheredar a los que «atenten contra la vida del testador» o a los hijos que «hayan maltratado».

Desde el 1 de enero ha habido cuatro muertes por violencia de sexo en España. En Lleida, una mujer fue hallada en un piso asesinada.

Del cura al alcalde

La reforma de sucesiones implica que el hereu no será siempre el primogénito, sino también un tercero (el masover, por ejemplo). No se podrá testar ante el sacerdote, en caso de que la muerte impida ir al notario. En cambio, se podrá recurrir al alcalde. También se impide dar parte del legado más allá de la segunda generación.

Apuñala a la mujer en Gràcia

La Guàrdia Urbana de Barcelona arrestó ayer a un hombre de 54 años por haber apuñalado, presuntamente, a su pareja. La pelea comenzó en el interior del domicilio que compartían. En un momento de distracción del agresor, ella pudo huir y refugiarse en un bar al lado del portal de su edificio. La mujer, de 42 años, está ingresada en el Hospital del Mar. Antes de ser detenido, el presunto autor, que llevaba el brazo ensangrentado, desafió a los urbanos a que le quitaran la navaja que blandía.

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