La plataforma de Justo Padilla entrega al Ministerio de Justicia más de 6.000 firmas en favor de su indulto

Los familiares y amigos del exalcalde de Guillena (Sevilla) Justo Padilla (PSOE), una figura histórica en este municipio al haber ostentado la Alcaldía durante unos 30 años, han entregado en el Ministerio de Justicia 6.028 firmas recogidas en sólo cinco días reclamando su indulto "total o parcial". Y es que hace justo una semana que Justo Padilla ingresó en prisión para cumplir la condena de 18 meses de cárcel que le fue impuesta por permitir que un alguacil del Ayuntamiento ejerciera durante tres años como policía local.
Entrega de firmas en el Ministerio de Justicia.
Entrega de firmas en el Ministerio de Justicia.
EUROPA PRESS
Entrega de firmas en el Ministerio de Justicia.

Los familiares y amigos del exalcalde de Guillena (Sevilla) Justo Padilla (PSOE), una figura histórica en este municipio al haber ostentado la Alcaldía durante unos 30 años, han entregado en el Ministerio de Justicia 6.028 firmas recogidas en sólo cinco días reclamando su indulto "total o parcial". Y es que hace justo una semana que Justo Padilla ingresó en prisión para cumplir la condena de 18 meses de cárcel que le fue impuesta por permitir que un alguacil del Ayuntamiento ejerciera durante tres años como policía local.

Fue en diciembre de 2012, recordémoslo, cuando el Tribunal Supremo confirmó la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial que condenó a Justo Padilla, a dos responsables de la Policía Local y al propio alguacil, por permitir que este último ejerciese durante tres años como policía local. En la sentencia, recogida por Europa Press, la Sala de lo Penal del Supremo les condena a todos a 18 meses de prisión e inhabilitación para empleo o cargo público por el mismo tiempo, a cuenta de un delito de usurpación de funciones públicas.

Policía local pero "sin cualificación"

De este modo, el Supremo consideraba probado que F.L.O., quien ocupaba una plaza de alguacil en el Ayuntamiento de Guillena desde 1978, siendo nombrado en 2002 auxiliar administrativo, ejerció "labores propias y exclusivas" de la Policía Local entre 2004 y 2007, interviniendo en la confección de atestados policiales, "incluso por delito", o en la recogida de pruebas, todo ello "careciendo de nombramiento y cualificación para ello".

Estos hechos, según el Tribunal Supremo, "eran conocidos y se desarrollaban con el consentimiento" tanto de Justo Padilla, que como alcalde de Guillena "conocía y permitió la actuación como policía local" del imputado, como de los otros dos acusados, "que ejercieron de forma sucesiva dentro del periodo indicado como jefes" de la Policía Local, por lo que los condena como cooperadores del delito de usurpación.

En el recurso contra la sentencia inicial de la Audiencia Provincial, desestimado por el Tribunal Supremo, el alcalde reconocía que "ante la escasez de plantilla y enorme aumento de tareas administrativas", el mencionado alguacil pudo "realizar en alguna ocasión y muy puntualmente tareas que podrían considerarse correspondientes a la Policía Local", añadiendo que, por su parte, "ni conocía ni consentía esos comportamientos".

El exalcalde se defiende

Así, Padilla negaba que conociera la intervención del imputado en los atestados, sus comparecencias en los juzgados, o que empleara un vehículo oficial en funciones de patrulla, mientras que también rechazaba que el uniforme utilizado fuera exactamente igual al de policía local "auténtico". El Tribunal Supremo, en ese sentido, señalaba en su sentencia que incluso el exalcalde "admite la reiteración de actos propios de policía" en las labores que realizaba el alguacil.

Esta condena se sumaba a la dictada en junio de 2010 por el Juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla, que condenó al exalcalde al pago de una multa de 3.000 euros y a nueve años y seis meses de inhabilitación especial para ejercer como alcalde, concejal o cargo público relacionado con la concesión de licencias, a cuenta del delito de prevaricación que reconoció por la concesión de una licencia de obra para construir naves en un entorno reservado para zona verde.

Condenas previas

Previamente, en enero de 2010, Padilla acordó con la Fiscalía la aceptación de siete años de inhabilitación especial por un delito de prevaricación por omisión, al no haber actuado contra edificaciones en suelos no urbanizables de los Lagos del Serrano, un acuerdo que evitó la celebración al día siguiente de una vista oral fijada por el Juzgado de lo Penal número 12 en cuanto a este caso. Dadas las dos condenas previas, el pasado jueves Justo Padilla ingresó en prisión para cumplir los 18 meses de cárcel relativos a la sentencia del alguacil.

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