Empleo convoca subvenciones por casi 6 millones para formación, cooperativas e Iniciativas Singulares

La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo ha convocado subvenciones por un total de 5,9 millones para formación, cooperativas e Iniciativas Singulares de Empleo correspondientes al ejercicio 2013.
Trabajador en una oficina
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EUROPA PRESS
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La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo ha convocado subvenciones por un total de 5,9 millones para formación, cooperativas e Iniciativas Singulares de Empleo correspondientes al ejercicio 2013.

Las solicitudes de subvención, acompañadas de la documentación requerida, se formularán en modelo oficial, el cual podrá obtenerse en la página Web del Servicio Cántabro de Emple(www.empleacantabria.com) o será facilitado por este organismo, debiendo ser dirigidas la directora del Servicio Cántabro de Empleo y presentadas en el Registro delegado del Servicio Cántabro de Empleo (paseo General Dávila, 87, Santander).

En concreto, convoca subvenciones en materia de formación de oferta mediante la ejecución de planes formativos dirigidos prioritariamente a las personas trabajadoras ocupadas con una dotación de 2,4 millones, de los que 1,8 son con cargo a los presupuestos regionales de 2013 y 600.000 corresponden a 2014.

Se trata de subvenciones destinadas al desarrollo de la formación de oferta mediante la suscripción de convenios entre el Servicio Cántabro de Empleo y las entidades correspondientes para la ejecución de planes de formación intersectoriales, sectoriales o de formación específicos vinculados a la obtención de certificados de profesionalidad, dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados.

En concreto, son para planes de formación intersectoriales dirigidos a la adquisición de competencias transversales a varios sectores de la actividad económica o de competencias específicas de un sector para el reciclaje y recualificación de trabajadores de otros sectores.

También para planes de formación intersectoriales dirigidos específicamente a los colectivos de trabajadores y socios de la economía social, siempre que aporten actividad económica, y para los dirigidos específicamente al colectivo de autónomos; para planes de formación sectoriales de formación de trabajadores de un sector productivo concreto; y para planes de formación compuestos por acciones formativas vinculadas a la obtención de certificados de profesionalidad.

Los planes de formación de esta convocatoria se podrán ejecutar desde la notificación de resolución de concesión de la subvención hasta el 30 de diciembre de 2014. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir de este martes 24.

COOPERATIVAS

Por su parte, las ayudas para cooperativas, que suponen una inversión de 500.000 euros por parte del Servicio Cántabro de Empleo, buscan potenciar la economía social, entendida como el conjunto de actividades económicas y empresariales que, en el ámbito privado, llevan a cabo cooperativas, en especial cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales, y tienen por objeto un apoyo decisivo a la incorporación al mundo laboral de todas las personas demandantes de empleo, que estén en desempleo, así como a personas que estén trabajando con carácter temporal para una cooperativa o sociedad laboral.

No obstante, teniendo en cuenta que existen grupos de personas con especiales dificultades para el acceso al mercado de trabajo, se otorga un trato preferente a las personas con discapacidad, jóvenes de 16 a 34 años, hombres con 50 o más años y mujeres con 45 o más años de edad.

La orden establece las bases reguladoras de la convocatoria, para el año 2013, de las subvenciones destinadas a fomentar la creación y el mantenimiento del empleo en cooperativas y sociedades laborales, mediante incentivos a la creación de nuevas cooperativas y sociedades laborales; incentivos al fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales por la incorporación de personas desempleadas como socios trabajadores o de trabajo, o de personas trabajadoras con contrato de trabajo de duración determinada o temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integren como socios.

Igualmente hay incentivos a la creación de cooperativas y sociedades laborales mediante la incorporación de socios que en el momento de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Cantabria, se encuentren desarrollando una actividad como profesionales autónomos en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Por la constitución de cooperativas y sociedades laborales de nueva creación se concederán 15.000 euros cuando la cooperativa o sociedad laboral agrupe a menos de cinco personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo que se incorporen como socios trabajadores o de trabajo a la nueva entidad; y 20.000 euros cuando agrupe a cinco o más personas en la misma situación.

Además se subvencionará con 10.000 euros la creación de cooperativas y sociedades laborales mediante la incorporación de socios que en el momento de la publicación de la presente orden se encuentren desarrollando una actividad como profesionales autónomos.

Por la incorporación de socios a cooperativas y sociedades laboral las ayudas van de 8.500 euros a 2.000.

Las ayudas contempladas en la orden se extenderán a todas las acciones subvencionables realizadas desde el 11 de septiembre de 2012 al 10 de septiembre de 2013. Las solicitudes se podrán presentar en un plazo de 15 días a partir de mañana.

Iniciativas singulares de empleo

Mientras, las Iniciativas Singulares de Empleo que se desarrollen a partir del 1 de enero del año 2014 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma tendrán una dotación de 3 millones de euros.

Una Iniciativa Singular de Empleo es el conjunto de actuaciones proyectadas que tenga por objeto el desarrollo de actividades o servicios generadores de empleo posterior a su finalización, bien porque sean susceptibles de crear empleo por cuenta propia o autoempleo, bien microempresas, cooperativas o sociedades laborales.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas entidades que, siempre que sean de Cantabria y cumplan los requisitos, gocen de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto.

Así, entre otros, podrán beneficiarse municipios, entidades locales supramunicipales, o entidades vinculadas a entidades locales constituidas como asociaciones que estén compuestas íntegramente por municipios y/o entidades locales supramunicipales.

Estas entidades podrán ser promotores individuales de un proyecto de Iniciativa Singular de Empleo, o bien liderar un proyecto que agrupe a varias de ellas. En este último caso, la entidad líder asumirá la condición de solicitante y, en su caso, de beneficiario de la subvención.

Las entidades solicitantes, para ser beneficiarias, deberán acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Por su parte, los proyectos de Iniciativas Singulares de Empleo deberán estar relacionados con actividades económicas de diferente contenido que generen sinergias entre sí, facilitadoras de la creación de puestos de trabajo.

También podrán consistir en la realización de actuaciones que posibiliten la puesta en marcha de nuevos servicios o actividades económicas con valor añadido o innovadores, o que estén directamente relacionados con alguno de los siguientes ejes estratégicos de la Estrategia de Desarrollo Regional de Cantabria: Turismo e industria cultural; Desarrollo agroforestal; Tecnología y energía.

Las subvenciones que se otorguen serán destinadas a financiar los costes salariales y de Seguridad Social de las personas desempleadas e inscritas en el Servicio Cántabro de Empleo que, reuniendo los requisitos establecidos en esta orden, sean contratadas en el marco de la Iniciativa Singular de Empleo.

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