Salud crea la figura de la Planificación Anticipada de Decisiones como complemento al Testamento Vital de los pacientes

De carácter voluntario, recogerá conceptos más clínicos explicados de forma legible por el médico e incluidos en la historia clínica digital

La consejera de Salud y Bienestar Social, María Jesús Montero, ha anunciado este viernes la puesta en marcha de una nueva figura dentro de la Ley andaluza de Muerte Digna de 2010, la denominada 'Planificación Anticipada de las Decisiones' ante el proceso de la muerte, una herramienta "que viene a complementar el registro de voluntades vitales de Andalucía" (Testamento Vital) que está operativo desde 2004 y en el que ya hay inscritos 24.290 testamentos.

En rueda de prensa en Sevilla, Montero ha explicado que esta planificación anticipada, que tendrá también un carácter voluntario, se realizará en compañía del médico, siendo el facultativo el responsable de explicar al paciente las cuestiones relativas a cómo será su proceso terminal —en caso de que se esté en ese punto de la vida—, así como de cuestiones legales, tales como de a qué persona familiar se le hace representante de su última voluntad para que se cumpla.

"Todo ello con un lenguaje claro y huyendo en lo posible de tecnicismo", ha precisado. En concreto, la planificación anticipada viene a reforzar los deseos del paciente cuando se encuentre en situación terminal, hasta el punto que lo manifestado en dicho documento "prevalecerá" aunque no se haya realizado el testamento vital. Prueba de ello, es que pasará a formar parte también de la historia clínica digitalizada de salud de que disponen cada usuario.

En cuanto recogerá cuestiones "más clínicas y no tan generales como ocurre ahora con el testamento vital" acerca de lo que el futuro paciente terminal o el que ya lo es —pero está en plenas facultades mentales— quiere que se le dispense.

"De lo que se trata es que el profesional médico pueda recabar cuestiones más concretas y pueda planificarse con tiempo, como 'prefiero permanecer en mi domicilio cuando llegue ese momento o no quiero que se le diga a mi familia cuando me encuentre en esa situación", ha esbozado Montero.

Por planificación anticipada de decisiones se entiende, ha agregado, "el proceso voluntario de comunicación y deliberación entre una persona capaz y profesionales sanitarios implicados en su atención acerca de los valores, deseos y preferencias que quiere que se tengan en cuenta respecto a la atención sanitaria que recibirá el paciente, sobre todo en el momento final de su vida".

La Consejería ha editado para tal fin una nueva guía de apoyo para los profesionales, la primera editada en el SNS, que tiene precisamente como objetivo facilitar la Planificación Anticipada de las Decisiones y procurar a los profesionales de la sanidad andaluza conocimientos y pautas prácticas para poner en marcha esos procesos de planificación anticipada.

Quien participará en esta planificación

En este sentido, y siempre que la persona interesada lo permita, es deseable que participen en el proceso de decisión anticipada sus familiares, personas de su confianza, o su representante, quienes, llegado el caso de que la persona pierda la capacidad de decidir, podrán tomar decisiones coherentes y respetuosas con los valores y deseos que expresó el paciente cuando sí podía decidir.

El plan de decisión anticipada debe ser voluntario, informado, y realizarse cuando la persona aún es capaz de decidir la atención sanitaria que desea o no recibir en el momento final de la vida.

Una vez realizado, se ha de registrar en la historia de salud y debe ser comunicado a todas las personas implicadas en la atención a la persona enferma, así como a sus familiares y representantes, siempre con el permiso de ésta. Además, el plan debe ser revisado periódicamente, principalmente cuando cambien las condiciones de salud de las personas o se produzcan acontecimientos vitales importantes

Montero también se ha referido a la Red Andaluza de Investigación sobre el final de la Vida, una iniciativa de apoyo a la investigación en relación con el final de la vida, constituida por la Escuela Andaluza de Salud Pública en el marco del Plan Andaluz de Cuidados Paliativos y la Estrategia de Bioética del SSPA.

Actualmente pertenecen a esta red grupos de la Escuela Andaluza de Salud Pública (Granada), del Instituto de Estudios Sociales Avanzados del CSIC (Córdoba), de la Fundación Cudeca (Málaga), de la Universidad de Granada y del Área de Gestión Sanitaria Norte de Málaga y se espera que en el futuro se incorporen muchos otros grupos de investigación.

Programa de telecontinuidad

Montero también se ha referido al programa de telecontinuidad con el que se quiere ahora dar respuesta a cuestiones ciudadanas relacionadas con morir dignamente. Entre ellas destacan morir sin dolor, morir durmiendo o estando inconsciente de la propia muerte, morir rodeado de los seres queridos, morir en la propia casa y no en un hospital.

Por ello, con este proyecto de telecontinuidad a pacientes de cuidados paliativos se hará ahora un seguimiento personalizado a estos pacientes tras haber recibido el alta. Desde la puesta marcha en junio de 2012 hasta el 1 de mayo de 2013, se han inscrito un total de 1.061 usuarios, de los que 616 son hombres y 445 mujeres. El mayor porcentaje de edad se corresponde a usuarios comprendidos entre los 80 y 84 años.

Este servicio, que se presta desde Salud Responde, sigue en todo momento las indicaciones dadas por los sanitarios para cada paciente, y contacta con los pacientes cuando es necesario para comprobar que se encuentran bien y no necesitan atención médica.

Registro de voluntades

Respecto al registro de voluntades vitales de Andalucía que funciona en Andalucía desde 2004, y en que ya hay inscritos 24.290 testamentos vitales, tiene por objetivo la custodia, conservación y accesibilidad de las declaraciones de voluntad vital anticipada emitidas en la comunidad. En este documento los ciudadanos pueden dejar constancia de qué actuaciones, dentro de la legalidad vigente, quieren que se tomen llegado el momento y, siempre y cuando, no pueda manifestarlo por sí mismo.

La distribución por provincias de estos testamentos vitales es la siguiente: Almería 1.797, Cádiz 3.031, Córdoba 1.961, Granada 3.785, Huelva 1.018, Jaén 1.317, Málaga 6.346y Sevilla 5.035.

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